El equipo jurídico de Martha Erika Alonso , presentó una solicitud de recusación o impedimento ante la Sala Superior del TEPJF , cuyo propósito es que el magistrado José Luis Vargas Valdez se abstenga de conocer de los juicios promovidos por Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta y por Morena , respectivamente, en los que se cuestiona la validez de la elección de la gubernatura de Puebla en la que resultó electa Martha Erika Alonso, por haber violado múltiples normas jurídicas que regulan el comportamiento de un juzgador.

Lo anterior tras publicar en su cuenta personal un proyecto de sentencia sobre un asunto aún no discutido ni resuelto, con lo que el magistrado Vargas Valdez, vulneró el deber de "confidencialidad" de los expedientes, además de incurrir en la prohibición de hacer del conocimiento de las partes o de cualquier otra persona el sentido de algún proyecto antes de que se resuelva el asunto respectivo (en este caso no sólo el sentido, sino también las consideraciones), ambos contemplados en el artículo 146 del Reglamento Interior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

En un comunicado, el área de Comunicación de la esposa del senador Rafael Moreno Valle , sostuvo que el magistrado atrajo "injustificadamente" la atención a su persona en detrimento del comportamiento institucional que debe regir la función de un juzgador electoral.

"Lo que pone en duda la imparcialidad y la objetividad con la que debe conducirse, pues, con dicha publicación, se prejuzgó el asunto sometido a su conocimiento, de tal suerte que en lugar de resolver jurisdiccionalmente las dinámicas políticas, su actuar ha politizado aún más la resolución del asunto", se lee en el texto.

En el documento, se hace hincapié que Vargas Valdez también violó el deber de esforzarse para que la imagen y prestigio de la institución a la que pertenecen los servidores judiciales sea respetada, evitando en todo momento, con su conducta, comprometer la independencia, imparcialidad y objetividad de su actuación pública, realizando las labores encomendadas y desechando presiones e intereses extraños, de manera que se abstendrán de admitir recomendaciones que influyan en el trámite o resolución de los asuntos sometidos a su potestad.

"El proceder de Vargas Valdez vulneró los principios de legalidad, imparcialidad, objetividad, profesionalismo, independencia y confidencialidad, lo que conlleva dos consecuencias diversas: a) la actualización de un impedimento subjetivo para conocer del asunto, al carecer de la imparcialidad y objetividad necesarias para ello, y b) la actualización de una responsabilidad administrativa por actuación irregular", indicó.

Además de que en el reglamento interno del TEPJF, se prevé que dicha determinación corresponde en exclusiva al pleno de la Sala Superior, en tanto órgano colegiado, por lo tanto, según lo dicho por los representantes de Martha Erika Alonso, el magistrado ponente "actuó de manera arbitraria e irresponsable" al difundir en sus redes sociales el proyecto, sin que existiera el acuerdo correspondiente del pleno de la Sala a través de los mecanismos institucionales.

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