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Por un caso de inadecuada atención médica y violencia obstétrica que derivó en el fallecimiento de una recién nacida en el Hospital General de Zona número 6 en Ciudad Valles, en San Luis Potosí la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 79/2017.
En la recomendación dirigida al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y a la fiscalía general de esa entidad, se acreditaron violaciones a los derechos a la protección de la salud.
Al investigar una queja remitida por la Comisión Estatal de Derechos Humanos de San Luis Potosí a este organismo nacional también se acreditaron violaciones a una vida libre de violencia obstétrica, entre otros.
Los hechos derivaron luego de que una mujer acudió a consulta con el ginecólogo del referido nosocomio, quien diagnosticó un embarazo de 37.2 semanas de gestación, pelvis reducida y desproporción cefalopélvica por producto macrosómico, por lo cual determinó practicar una cesárea.
Sin embargo, un día antes de lo programado, la víctima acudió al área de urgencias gineco-obstétricas tras presentar dolor lumbar y abdominal, siendo atendida por otro médico quien omitió tomar en cuenta antecedentes médicos relevantes de la paciente.
Entre ellos, una ruptura uterina previa, estableciendo que debía ser sometida a trabajo de parto.
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Además, a la paciente no se le practicó un ultrasonido que requería por la ausencia de médico radiólogo y se constató que hubo retrasos en la vigilancia de la actividad uterina, foco fetal y evaluación de los cambios cervicales.
Por la noche, el médico tratante se percató de la disminución de la frecuencia cardiaca del producto, ruptura uterina y otras complicaciones en la salud de la paciente, por lo que solicitó trasladarla a quirófano para practicarle una cesárea urgente por sufrimiento fetal agudo, lapso en el que la víctima perdió el conocimiento. Al despertar, se le informó que su bebé había sufrido muerte cerebral.
Por lo anterior, la CNDH solicitó al IMSS reparar el daño ocasionado a los afectados, otorgarles atención psicológica y tanatológica, inscribirlos en el Registro Nacional de Víctimas (Renavi).
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De igual forma, deberá colaborar en las investigaciones que inicien la Procuraduría General de la República (PGR) y el Órgano Interno de Control del IMSS,
respectivamente e impartir en el Hospital General un curso y un taller de capacitación con perspectiva de género sobre el derecho a la protección de la salud.
A la fiscalía general del estado le solicitó que la autoridad responsable decline su competencia a favor de la PGR para que se investigue adecuadamente el caso.
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Además, deberá colaborar con la CNDH en la queja que se presente ante el Órgano Interno de Control de esa dependencia en contra de los responsables, además de impartir un curso con énfasis en los derechos humanos de las víctimas.
cfe
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