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La Secretaría de la Función Pública (SFP) inhabilitó por 45 meses a Casanova Vallejo, S.A. de C.V., propiedad de Casanova Rent, del empresario Carlos Echenique, por la renta de ambulancias con sobreprecio a nivel nacional al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (ISSSTE).
Casanova Vallejo rentó por seis meses los vehículos de traslado y emergencias por un monto de 113.3 millones de pesos.
La SFP pidió a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, gobiernos estatales, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con dicha empresa luego de publicar la información en el Diario Oficial de
la Federación (DOF) el pasado 15 de septiembre.
La sanción especifica que “la sociedad no podrá por sí misma o a través de interpósita persona, presentar propuestas, ni celebrar contrato alguno con las dependencias y entidades de la administración pública federal, ni con entidades federativas, municipios o sus entes públicos, cuando se utilice total o parcialmente recursos federales, conforme a los convenios que celebraran con el Ejecutivo federal”, señala el DOF.
Lo anterior aplica también en el caso de contratos regulados por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y/o Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas.
Sobre las adjudicaciones directas a dicha empresa, la SFP dio cuenta de los contratos realizados por la Comisión Federal de Electricidad (CFE) para el arrendamiento durante seis meses de más de 10 mil vehículos a Casanova Vallejo, S.A. de C.V., así como otros con dos empresas más.
También con la Fiscalía General de la República (FGR) en renta de autos para los próximos cuatro años de su administración con Casanova Rent Volks, S.A. de C.V., así como otro del 31 de marzo de 2020 por servicio de transportación terrestre en la zona metropolitana, con cobertura nacional a través de unidades vehiculares.
La empresa Casanova Rent a Car fue fundada en 1976 por Carlos Echenique Casanova y su hermano Joaquín.
La sanción dada a conocer por la Secretaría de la Función Pública empezó a correr a partir del día subsecuente a la publicación de la circular respectiva en el Diario Oficial de la Federación.
Lo anterior, en el entendido que los contratos adjudicados y los que actualmente se tengan formalizados con la sociedad Casanova Vallejo, S.A. de C.V., no quedarán comprendidos en la aplicación de esta circular, en términos del artículo 112 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
En caso de que al día en que se cumpla el plazo de inhabilitación, la citada persona no haya pagado la multa impuesta en la resolución, la inhabilitación subsistirá hasta que se realice el pago correspondiente de la misma.
Lo anterior tiene fundamento en lo previsto en el artículo 60, párrafo tercero de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, señaló la SFP a través de la circular publicada en el Diario Oficial de la Federación.
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