[Publicidad]
El amparo que interpuso la empresa Cano Soto y Asociados y por el cual se le otorgó una suspensión para poder diferir o condonar el pago de impuestos por la contingencia no procede, expuso la Procuraduría Fiscal de la Federación (PFF).
La firma promovió en San Luis Potosí un amparo directo en contra de actos del presidente de la República, pero no se puede obligar al Ejecutivo cuando tiene facultades exclusivas para determinar cuándo se pueden aplicar excepciones.
[Publicidad]
Más información

Nación
¿Quieres entrar a la UNAM?; convocatoria para sistema abierto y a distancia sale el próximo 5 de octubre

Techbit
Cómo activar la canción "El sonidito" en Fortnite

Universal Deportes
Abierto de Guadalajara: Horario y canales para ver la gran final, HOY, sábado 19 de septiembre

Estados
Militares y grupo armado se enfrentan en Tlaquiltenango, Morelos; hay dos soldados y un agresor heridos





