Si utilizas un patín eléctrico para moverte por la Ciudad de México y en algún momento has pensado en subirte a la banqueta para evitar el tráfico, debes saber que el Reglamento de Tránsito de CDMX prohíbe circular sobre las aceras y las áreas destinadas exclusivamente a los peatones.
La regulación actual contempla distintos tipos de vehículos eléctricos personales, por lo que las reglas pueden variar dependiendo de las características del patín. Sin embargo, en lo que se refiere a las banquetas, la disposición es que no se permite circular sobre ellas montado en el vehículo.
¿Qué dice el Reglamento de Tránsito sobre los patines eléctricos?
Desde las modificaciones realizadas en 2026, el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México contempla 2 categorías que pueden incluir a los llamados patines, monopatines o scooters eléctricos.
Por un lado están los Vehículos Eléctricos Personales (VEP), que son aquellos que tienen un motor eléctrico de menos de 250 watts y una velocidad máxima de 25 km/h.
Por otro lado están los Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE), que cuentan con un motor de entre 250 watts y 1 kilowatt y pueden superar los 25 km/h.
Hay que aprender a diferenciarlos porque los VEMEPE tienen requisitos adicionales, como registro, placa, tarjeta de circulación, distintivo de movilidad eléctrica y licencia, de acuerdo con las características establecidas por la normativa.
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¿Entonces puedo usar un patín eléctrico en la banqueta?
No. Si vas montado en el patín eléctrico, no puedes utilizar la banqueta para circular.
Para los vehículos no motorizados, el artículo 19 del Reglamento de Tránsito establece que está prohibido circular sobre las aceras y las áreas reservadas exclusivamente para peatones.
La misma prohibición se aplica actualmente a los VEMEPE. El artículo 21 señala que sus conductores no pueden circular sobre las aceras ni por las áreas destinadas exclusivamente al uso de peatones.
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Es decir, que un patín eléctrico no puede utilizar la banqueta como si fuera un carril más para avanzar cuando la circulación en la calle resulta complicada.
¿Por dónde debe circular un patín eléctrico?
La respuesta depende de la categoría a la que pertenezca el vehículo.
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En el caso de los vehículos no motorizados, el Reglamento de Tránsito establece que deben circular preferentemente por el carril derecho. Además, cuando no existe infraestructura ciclista, tienen derecho a ocupar el carril completo.
Esto es importante porque una de las dudas más comunes entre quienes utilizan patines eléctricos es si deben circular pegados a la banqueta.
La regla no significa que puedan utilizar labanqueta para evitar los vehículos. Si deben circular por la vía, tienen que hacerlo respetando las disposiciones correspondientes y la prioridad de los demás usuarios.
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¿Qué pasa con los patines eléctricos que superan los 25 km/h?
Aquí entra la nueva regulación de los Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE).
El Reglamento de Tránsito establece restricciones específicas para estos vehículos. Entre ellas está la prohibición de circular sobre las banquetas y las áreas reservadas exclusivamente para peatones.
Además, dependiendo de si se trata de un VEMEPE Tipo A o Tipo B y de sus características, existen límites sobre las vialidades en las que pueden circular.
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Por ejemplo, los VEMEPE Tipo A no pueden circular en vías cuya velocidad máxima permitida supere los 40 kilómetros por hora. Para los VEMEPE Tipo B de 2 ruedas, el límite establecido es de 50 kilómetros por hora.
¿Hay multa por circular en la banqueta con un patín eléctrico?
Sí, aunque hay que tomar en cuenta la categoría del vehículo y el calendario de aplicación de las nuevas sanciones.
Para los VEMEPE, el Reglamento de Tránsito contempla una multa de 10 a 20 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) por circular sobre las aceras o áreas reservadas al uso exclusivo de peatones.
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La reforma también estableció un periodo de implementación. Desde el 1 de septiembre de 2026 los agentes pueden comenzar a aplicar las nuevas disposiciones a los VEMEPE que ya cuentan con placa y distintivo de movilidad eléctrica, mientras que la aplicación de las sanciones correspondientes a los VEMEPE en general está prevista a partir del 20 de noviembre de 2026.
Patín eléctrico en banqueta: ¿sí o no?
La respuesta corta es no.
Aunque un patín eléctrico sea pequeño y pueda parecer similar a un vehículo recreativo, las reglas de tránsito no permiten utilizar la banqueta para circular montado en él.
La banqueta está destinada principalmente a los peatones. Si necesitas cruzarla para entrar a un domicilio o estacionamiento en los casos permitidos por el reglamento, debes bajar del patín y caminar con él.
Así que la próxima vez que encuentres tráfico o una vialidad complicada, subirte a la banqueta para avanzar más rápido no es una alternativa contemplada por el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México.
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