Después del trágico accidente en el Puente de la Concordia, donde personas resultaron heridas y otras perdieron la vida, se emitieron nuevas normas con el objetivo de reforzar la seguridad en el transporte de Gas LP. En las que se marcará un antes y un después en la forma que operan las unidades de transporte y distribución de este combustible, estableciendo requisitos más estrictos tanto para las empresas como para los operadores. En Autopistas te contamos los detalles.
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Estas normas fueron desarrolladas por la Secretaría de Energía, la Comisión Nacional de Energía, la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA), y la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT). Se enfocan en diferenciar claramente entre las actividades de transporte y distribución, y en establecer reglas específicas para cada una.
Diferencias de Transporte vs Distribución
- Transporte: Se refiere al traslado de Gas LP desde refinerías o puntos de importación hasta las terminales o plantas de almacenamiento.
- Distribución: Abarca lo que se conoce como la “última milla”, desde las terminales hasta los usuarios finales, ya sean empresas o casas.
Nuevas normas publicadas para pipas de gas LP
- Norma emergente 006 ASEA-2025: Aplicable a unidades de transporte.
- Norma emergente 007 ASEA-2025: Aplicable a unidades de distribución.
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Ambas entraron en vigor el viernes 3 de octubre de 2025, con carácter obligatorio.
Principales cambios y exigencias en las pipas de gas LP
- Mantenimiento obligatorio con comprobación: las empresas deben presentar evidencia ante ASEA mediante un dictamen que valide el cumplimiento.
- Pruebas de seguridad más completas: Se suman las pruebas de presión hidrostática periódicas, no solo tras accidentes o reparaciones y se requerirárealizar inspecciones visuales internas y externas en los contenedores.
- Capacitación técnica obligatoria para operadores: La capacitación ya no será genéricay será técnica, práctica y certificada mediante un estándar de competencia laboral que estará avalada por el conocer y coordinada por SENER y SICT.
- Control de velocidad y monitoreo: Todos los vehículos deberán contar con limitador de velocidad a 80 km/h y sistema GPS activo durante la operación.
Por la explosión de la pipa de gas LP en el Puente de la Concordia hay una sola carpeta de investigación y se han presentado 75 querellas, de acuerdo con la fiscalía. Archivo El Universal
Plazos para el cumplimiento de las pipas de gas LP
- Unidades con capacidad mayor a 5,000 litros y más de 10 años de antigüedad: tendrán 4 meses para cumplir con las nuevas normas.
- Resto de las unidades: contarán con un periodo de 6 meses para implementar los cambios.
Cómo van a ser los nuevos pipas de gas LP
Las nuevas normas también establecen especificaciones físicas y de equipamiento para los pipas (tractocamiones, semirremolques y autotanques) que transporten Gas LP. Estas son algunas de las principales exigencias:
Identificación y señalización obligatoria:
- Nombre, razón social o marca del operador.
- Leyendas: “Servicio para el transporte de Gas LP” y “Peligro Gas LP”.
- Números telefónicos para emergencias y reportes de fugas.
- Domicilio central de resguardo.
- Capacidad total de la unidad en litros de agua (al 100%).
Equipamiento mínimo de seguridad:
- Extintor portátil de mínimo 9 kg, tipo ABC, con etiqueta de servicio vigente.
- Señales reflectantes para carretera.
- Elementos para inmovilización y soporte de la unidad estacionada.
Control de velocidad y monitoreo:
- Gobernador de velocidad integrado en la computadora del motor, limitado a 80 km/h.
- Documento que acredite su instalación.
- Sistema GPS activo, obligatorio para todas las unidades.
Indicadores y componentes técnicos:
- Indicador de nivel de tipo flotador mecánico, magnético o similar.
- Válvulas de máximo llenado para el 85% y el 90% de capacidad nominal.
- Boquilla con orificio restrictor para colocar manómetro y termómetro.
- Cubo ciego inclinado para medición de temperatura con líquido.
- Placa de datos del recipiente, legible, visible y de forma permanente.
- Número de permiso otorgado por la autoridad competente y número económico de la unidad.
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