El comisionado del INAI, Joel Salas, aseguró que es de gran relevancia conocer la información sobre la cancelación y condonación de créditos fiscales –que realiza Hacienda y el SAT a particulares- porque se trata de dinero que se deja de recaudar y el Estado también deja de garantizar otros derechos.

EL UNIVERSAL dio a conocer que tan solo en el primer año de la presente administración, a 36 empresas se le perdonaron más de 80 mil millones de pesos en deudas fiscales, de acuerdo con una investigación de Fundar denominada “Privilegios Fiscales. Beneficios para unos cuantos”.

El estudio señala que de 2008 hasta el segundo trimestre de 2016, las dependencias encargadas de cobrar impuestos han perdonado un total de 593 mil 348 millones 034 mil 131 pesos.

Joel Salas explicó que tan solo en lo que va del año se han condonado o cancelado de créditos fiscales por un monto de 16 mil 893 millones de pesos.

Expresó ese monto equivale al 68% del presupuesto del programa Escuelas al CIEN para 2015-2016, que fue de 24 mil 907 millones y con el cual se garantizaría el derecho a la educación de calidad, o al 34% del presupuesto destinado a la compra consolidada de medicamentos en 2017, que fue de 50 mil millones y con el cual se garantizaría el derecho a la salud.

El comisionado del INAI destacó que conocer este tipo de información permitirá evaluar la política de recaudación fiscal del país y debatir sí es la más adecuada o la más necesaria, por lo que el Informe de Fundar es el punto de partida para iniciar el debate.

“El derecho de acceso a la información lo tenemos que ver como un derecho de derechos, que permite no sólo garantizar otros derechos sino que las autoridades rindan cuentas sobre por qué a estas empresas se les condonaron o cancelaron créditos fiscales”, sostuvo.

Recordó que en 20 resoluciones que el Instituto ha ordenado al Servicio de Administración Tributaria (SAT) informar sobre la cancelación y condonación de créditos fiscales, el organismo de la Secretaría de Hacienda sólo cumplió parcialmente una.

Salas Suárez explicó que estos casos fueron resueltos con anterioridad a la entrada vigor del nuevo marco normativo y que la Ley Federal de Transparencia sólo facultaba al Instituto a dar vista al Órgano Interno de Control de la Secretaría de la Función Pública, para que iniciara la investigación correspondiente; sin embargo, el 50% de los casos fueron desechados.

“La nueva Ley si prevé la posibilidad de que el INAI emita medidas de apremio y/o sanciones, que pueden llegar a la destitución del servidor”, destacó.

La Ley General de Transparencia otorga al INAI la facultad para imponer medidas de apremio y sanciones cuando se niegue el acceso a información sobre cancelacionescondonaciones de créditos fiscales, advirtió.

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