Las imputaciones de “plagio” se han convertido en moneda de uso corriente para afectar a personalidades públicas con la intención de impedirles ocupar algún cargo. Los malintencionados acusadores distorsionan conceptos para hacer aparecer como autoras de conductas ilícitas a personas que quieren perjudicar, adjudicándoles la etiqueta de “plagiarias”.

El plagio tiene una connotación gramatical ajena al campo del Derecho, por eso sostengo que jurídicamente no existe, pero las implicaciones de usar la expresión con la aviesa intención de dañar la honra de una persona haciéndola aparecer como delincuente, sí causa daños jurídicos, adicionales a los mediáticos. La palabra plagio jamás es usada en la legislación penal, ni en la de derechos de autor. La única conducta delictiva se tipifica como el uso, “en forma dolosa, con fin de lucro y sin la autorización correspondiente, obras protegidas por la Ley Federal del Derecho de Autor.”

La existencia de alguna falla u omisión en una citación hecha en un trabajo académico que no está dirigido a publicarse y que cubre un requisito recepcional, de ninguna manera puede tipificarse como un ilícito, ni administrativo ni penal, dado que no hay el dolo como elemento de la conducta y tampoco existe la intención de usar el material citado con fines de lucro.

La búsqueda de deficiencias en las citas de fuentes en las tesis presentadas por jóvenes que apenas van a iniciar su vida profesional, ha convertido al repositorio de tesis de la UNAM en una especie de resumidero al que basta acudir para arrojar suciedad sobre personas que están orientadas a importantes actividades públicas.

El repositorio fue ideado con la buena intención de registrar los trabajos de quienes obtienen un título profesional, pero si es posible encontrar fallas de citación en todos los elaborados por estudiantes que ahora son elevadas figuras en la vida pública, es evidente que el defecto no puede ser atribuido al entonces alumno. Lo que ha revelado esa viciosa práctica de acudir a las tesis como medio de ataque político, es en realidad un problema sistemático de las universidades, incluida la UNAM. Si en cada tesis se logra encontrar elementos del mal denominado plagio la deficiencia se encuentra en un incorrecto método de realización de esos trabajos. Resulta entonces que la responsabilidad debe atribuirse al profesorado y en general a autoridades universitarias.

No se enseña la debida manera de efectuar las referencias. No hay precisión sobre el uso indebido de una fuente, ni los directores de tesis en las facultades de la UNAM parecen capaces de definir las características de una reproducción indebida. ¿Puede esta ocurrir en una frase, un párrafo, una página o en la totalidad del trabajo?

La revisión selectiva de las tesis de Yasmín Esquivel, Claudia Sheinbaum, Xóchitl Gálvez y Ernestina Godoy ha dado pie a difundir —eso sí, dolosamente—  los inventados plagios. Ello indica que la UNAM debería cuestionar sus sistemas de titulación debiendo revisar millones de tesis, lo cual revelaría una grave deficiencia estructural de nuestra Máxima Casa de Estudios, que en vez de asociarse con los difamadores, debe abocarse a revisar sus métodos de titulación. El  requisito medieval de presentar tesis, no debería solicitarse para la licenciatura, cuyo ejercicio debe basarse en exámenes de conocimientos.

Magistrado en retiro y Constitucionalista. @DEduardoAndrade

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