En México, un tercio de las mujeres son madres solteras y el 68 por ciento de ellas no cuentan con el apoyo del padre de sus hijos, son madres que ocupan el 100 por ciento de su tiempo y energía en sostener económicamente a sus hijos, además de realizar todas las labores que implica la crianza: trabajo doméstico, acompañamiento en las distintas actividades que sus hijas e hijos realizan y, un porcentaje elevado, además se ocupan del cuidado de familiares con algún tipo de discapacidad.

Aunque ya se cuenta con diversas normas jurídicas que buscan garantizar el cumplimiento de la pensión alimenticia, en la realidad no se ha logrado: siete de cada 10 madres solteras no reciben pensión alimenticia; tres de cada cuatro hijos de padres separados tampoco y sólo una de cada 10 mujeres que demanda pensión alimenticia a su ex pareja sentimental lo consigue, de acuerdo con estadísticas del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, INEGI.

De acuerdo con la Red por los Derechos de la Infancia en México, Redim, ocho de cada 10 deudores alimentarios no cumplen con el pago de la pensión alimenticia, con lo que se deja en desamparo a la niñez y cancela la posibilidad de alcanzar una igualdad real entre mujeres y hombres.

Es una realidad dolorosa que viven millones de niñas, niños y adolescentes que, además de sufrir la separación de sus padres o el haber crecido con uno solo de ellos, sufren la falta de los recursos necesarios para su pleno desarrollo. Es una situación que impide a las mujeres separadas o divorciadas dedicarse a su desarrollo personal, profesional, académico y prepararse para obtener empleos o cargos con mayores responsabilidades y, por lo tanto, mejores remuneraciones.

A partir de la publicación de la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, norma que desarrolló los derechos reconocidos internacional y nacionalmente a los menores de edad, hemos visto que hay realidades sociales que no han cambiado, que son necesarios mecanismos legales para obligar a que se cumpla con el derecho a la pensión alimenticia, como ya sucede en Argentina, Perú, Uruguay.

Por ello, aunque tuvieron que pasar casi cuatro años, finalmente el Senado de la República aprobó reformas a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes que establecen la creación del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, mecanismo que concentrará la información de deudores y acreedores de obligaciones alimentarias, a fin de dar una efectiva protección y restitución de los derechos de niñas, niños y adolescentes.

El certificado de no deudor alimenticio será requisito para realizar trámites y procedimientos, como licencias y permisos para conducir, pasaportes o documentos de identidad y viaje; para participar como candidatos a cargos de elección popular, para participar como aspirantes a jueces, magistrados en el ámbito local o federal y para los que se realicen ante Notario Público y en las solicitudes de matrimonio.

El registro será un órgano auxiliar del Consejo de la Judicatura Federal cuyo objetivo es identificar a deudores y acreedores de obligaciones alimentarias establecidas en una resolución judicial firme y brindar información en la materia. Será operado por el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la familia.

Se debe seguir trabajando desde todos los frentes para abatir la lacerante brecha de desigualdad de género y para ello se debe eliminar la distancia entre las y los mexicanos desde la infancia, garantizando que no haya niñas, niños y adolescentes sin el cuidado que les deben sus padres, sin oportunidades equitativas de estudio y de desarrollo.

Maestra en políticas públicas

Alejandra Barrales (@Ale_BarralesM

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