La Comisión Nacional de los Derechos Humanos ( CNDH ) emitió recomendaciones al IMSS , por dos casos de violencia obstétrica contra mujeres, cuyo resultado fue la muerte de los recién nacidos.

Una de las recomendaciones, dirigida al director general del Instituto Mexicano del Seguro Social, Mikel Arriola, es por la inducción del trabajo de parto de manera innecesaria en un caso, que provocó violencia obstétrica hacia una mujer.

En el otro caso, por el control prenatal inadecuado a otra derechohabiente que presentaba problemas de salud.

En un comunicado, la CNDH informó que acreditó vulneración de los derechos de protección de la salud, violencia obstétrica e inadecuada atención médica hacia las mujeres y, en ambos casos, violación al derecho a la vida de los recién nacidos.

La Comisión recibió la queja de una mujer el 27 de septiembre de 2016, quien refirió que el 3 de enero de ese mismo año acudió al Hospital de Gineco-Pediatría 3-A de la Ciudad de México, por presentar dolores abdominal y de cabeza.

En el lugar, fue atendida por un médico que le realizó un ultrasonido y le indicó que su bebé estaba bien, pero debía ser internada para iniciar la inducción del parto.

Sin embargo, la inducción resultó inadecuada y aumentó el riesgo de complicaciones, así como los índices de morbimortalidad materno-perinatal, detalló la CNDH.

Se constató que personal médico del Hospital, continuó la CNDH, de manera innecesaria e injustificada, realizó siete tactos vaginales durante el trabajo de parto.

Además, la paciente fue víctima de expresiones inapropiadas, así como trato descortés, consistente en gritos y regaños, cuestiones que constituyeron violencia obstétrica.

Al final, la inducción del parto fue detenida y horas después a la mujer le fue realizada una cesárea.

Dos días después, el 5 de enero, le informaron que la recién nacida sería llevada a los cuneros por complicaciones respiratorias, donde sufrió un paro cardiaco y falleció.

En el otro caso, una derechohabiente de 36 años acudió el 3 de abril de 2016 al Hospital General Zona 194, en Naucalpan, estado de México, en donde los médicos decidieron realizarle una cesárea, tras la cual la recién nacida tuvo complicaciones de salud que derivaron en su fallecimiento.

“La CNDH determinó que los médicos que la atendieron durante su control prenatal en el HGZ 194 en el Estado de México y en el Hospital General Zona 2-A Troncoso en la Ciudad de México, omitieron realizar estudios complementarios, no proporcionaron a la paciente indicaciones o tratamientos clínicos correspondientes, además de no remitirla oportunamente al Servicio de Nutrición, lo cual expuso la vida de la madre e hijo, por los síntomas de embarazo de alto riesgo que presentaba”, refirió el orgamismo.

La CNDH recomienda al director general del IMSS reparar los daños a las respectivas madres y padres de los menores de edad, que incluyan indemnización, atención médica y psicológica.

Además, que se envíen a la Comisión Nacional de los derechos Humanos las constancias que acrediten su cumplimiento.

Sugiere también, en colaboración con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), se inscriba a los agraviados en el Registro Nacional de Víctimas para que tengan acceso, en lo conducente, al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral.

Aunado a ello, se recomienda capacitar en derechos humanos al personal de esos hospitales, girar una circular en cada hospital para que el personal médico entregue copia de certificación y recertificación para acreditar la actualización, experiencia y conocimientos suficientes y asignar recursos económicos para incrementar el personal médico.

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