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El coordinador de la bancada mayoritaria de Morena, Mario Delgado, presentó una iniciativa para establecer una consulta popular para la revocación de mandato; se trata de uno de los 13 puntos prioritarios que promueve el presidente electo, Andrés Manuel López Obrador.

En el documento publicado en la Gaceta Parlamentaria, se establece que la consulta para la revocación de mandato del Presidente de la República se realice sólo cuando haya elección de diputados federales, es decir, a la mitad de su sexenio.

La revocación del mandato será determinada por mayoría absoluta de votos a favor de la revocación, “siempre que concurra al menos 50% de los electores inscritos en la lista nominal. Para el cálculo del porcentaje de participación y del resultado cuentan los votos nulos”.

La realización de la consulta popular para la revocación de mandato la podrán solicitar ante el Congreso de la Unión: el Presidente de la República, 33% de los integrantes de alguna de las Cámaras, y/o 33% de los ciudadanos de los votos válidos emitidos en la elección en la que el Presidente de la República hubiera obtenido su triunfo.

El Instituto Nacional Electoral (INE) tendrá a su cargo, en forma directa, la verificación de los requisitos, la organización, desarrollo, cómputo y declaración de resultados y se describe que las resoluciones del órgano electoral podrán ser impugnadas.

El documento también determina que cuando sea decretada la revocación por el Instituto Nacional Electoral, el Presidente de la República contará con un plazo de 30 días naturales para impugnar dicha declaratoria, ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

“La Sala Superior realizará el cómputo final del proceso de revocación de mandato del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, una vez resueltas las impugnaciones que se hubieren interpuesto sobre la misma, procediendo a formular, en su caso, la declaración de revocación del cargo de Presidente”, determina la propuesta de modificación constitucional.

“El Presidente de la República podrá ser removido de su cargo a través del proceso de revocación de mandato, en los términos de esta Constitución y leyes aplicables, independientemente de las responsabilidades en las que haya podido incurrir durante el periodo de su encargo”, describe un agregado al artículo 108 de la Constitución.

Movimiento Ciudadano presenta iniciativa. La fracción legislativa de Movimiento Ciudadano también presentó su propia iniciativa para establecer una consulta para la revocación de mandato.

Esta figura aplicaría para el Presidente de la República, los diputados federales, senadores, gobernadores de las entidades federativas, diputados locales, los integrantes de los ayuntamientos, el jefe de Gobierno de la Ciudad de México y los integrantes de las alcaldías de la Ciudad de México.

Podrán solicitar la aplicación de una consulta de revocación de mandato el equivalente a 2% de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores en la demarcación territorial correspondiente.

El Instituto Nacional Electoral recibirá las solicitudes de revocación y, adicionalmente, tendrá a su cargo la organización y desarrollo de las consultas ciudadanas al respecto, así como el cómputo y declaración de los resultados.

El resultado de la consulta de revocación de mandato será vinculatorio cuando participen al menos un tercio de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores.

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