A través de un comunicado, y su equipo legal hicieron de conocimiento público que el Tribunal Superior de Justicia falló en favor del cantautor ante las acusaciones de acoso sexual de las que se hizo acreedor desde 2022. Ahora, el músico de 48 años recibirá una indemnización económica por el daño moral que le provocaron los señalamientos y las críticas durante todo este tiempo.

El pasado 13 de marzo, el Tribunal Superior de Justicia de la CDMX favoreció a Oceransky, señalado por acoso sexual desde el año 2022 y, en cambio, dictó sentencia definitiva en contra de la demandada, a quien responsabilizó de dañar moralmente al cantante, por medio de una campaña de desprestigio.

Recordemos que las acusaciones tuvieron lugar días después de que Edgar anunciara el recital que ofrecería en el Auditorio Nacional, que tuvo que ser cancelado luego de que el hashtag "NounpederastaenelAuditorioNacional" se conviertiera en tendencia.

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A partir de ahí, el intérprete de "Las cartas sobre la mesa", fue condenado a través de las redes sociales, lo que a través del comunicado se argumenta que vulneró su derecho de presunción de inocencia.

De acuerdo con el documento, la demandada tendrá que remunerar al músico económicamente para, de esta manera, resarcir el el daño patrimonial que vivió tras las acusaciones. Sin embargo, no se precisó la cantidad que Edgar recibirá, debido a cuestiones "de seguridad".

La demandada también tendrá que emitir un comunicado donde aclare la situación y se retracte de le las declaraciones emitidas otrora:

#(...) Por orden judicial (la demandada deberá) de hacer una publicación en sus redes sociales y medios de comunicación, retractándose de las acusaciones hechas y a pagar una indemnización económica como resarcimiento del daño patrimonial en perjuicio del demandante".

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El texto explica que la acusación que hizo la demandada en 2020 contaba con varias imprecisiones, pues lo describe como "pederasta" y más adelante expresó que no sostuvo relaciones sexuales con Oceransky sino hasta que fue mayor de edad.

Además, se exhibe que la demandada ha acusado a ocho personas más, por medio de sus redes -sin que estas lleguen a instancias legales-, del delito de violación, recurriendo al mismo "modus operandi".

"Se demostró que la demandada ha usado el mismo ´MODUS OPERANDI´ para hostigar y violentar en redes sociales a más de 8 personas, acusándolos de haberla violado sin haber demandado a ninguno ante alguna instancia judicial, solo con intención de afectar a su honor público".

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melc


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