El Acuerdo Estados Unidos-México-Canadá (USMCA) viene recargado en materia de telecomunicaciones, de los 10 artículos que tenía el viejo TLC pasamos a 27. Mucho se ha dicho que esto es resultado del intenso cabildeo de las empresas de telecomunicaciones extranjeras que operan en nuestro país, y que fueron muy insistentes en incorporar ciertas salvaguardas que les permitan seguir operando con márgenes de ganancia razonables en México, pero qué tanto cambiará el sector con los nuevos textos y qué impacto tendrá en el marco jurídico actual el nuevo tratado. Aquí algunos temas.

1. Los dominantes.

A diferencia del TLC que incorporaba sólo un artículo relacionado con la existencia de monopolios en el sector, el nuevo acuerdo reconoce la figura de “grandes proveedores” que no es otra cosa que agentes dominantes o preponderantes en el caso de México. De hecho, hay una referencia específica a la figura de agente preponderante que fue creada en la reforma constitucional de 2013 y es única en el mundo. De esta forma, el acuerdo incorpora diversas obligaciones a las que deberán ajustarse estos proveedores en los tres países, por ejemplo, la prohibición de otorgar un trato discriminatorio o menos favorable a las empresas de otro Estado que a las propias, particularmente en disponibilidad, tarifas y calidad, así como para la reventa de sus servicios.

Además, para estos agentes económicos se establecen obligaciones relacionadas con la prohibición de prácticas anticompetitivas como los subsidios cruzados, el uso de información de sus competidores con resultados anticompetitivos y la obligación de hacer disponible de manera periódica para todos los operadores, la información comercial o de insumos esenciales que sea necesaria para la provisión de servicios.

También le dedica un artículo completo (18.9) a la interconexión con el dominante o preponderante, un tema que ha sido objeto de discordia histórica entre Telmex/América Móvil y sus competidores prácticamente desde la apertura del sector a la competencia en nuestro país. Así, el USMCA retoma muchas de las obligaciones en la materia que ya considera la regulación actual en México, como la de interconectarse sobre bases no discriminatorias y conforme a tarifas orientadas a costos.

2. Servicios de valor agregado.

Los Estados no podrán establecer regulaciones a los servicios de valor agregado similares o equiparables a las obligaciones de proveedores de servicios de telecomunicaciones, sin considerar antes los “objetivos de política pública legítimos”, así como la “factibilidad técnica” de las medidas que se impongan. En esta categoría de servicios podrían entrar, por ejemplo, los famosos OTTs como Netflix, YouTube, Skype, Claro Video o Blim pues, aunque el acuerdo no clasifica ni obliga a los Estados a adoptar alguna clasificación en específico, sí señala que son servicios de valor agregado aquellos que involucran la interacción del cliente con información almacenada, entre otros. Interesante disposición por dos razones, primero porque nuestra ley de 2014 eliminó la definición de estos servicios y también porque recientemente el IFT publicó un documento (Visión regulatoria de las telecomunicaciones y la radiodifusión 2019-2023) en el que deja entrever su intención de imponer cierta regulación a estos servicios.

3. Lo institucional.

Se incorporan algunos párrafos relativos al diseño institucional de cada país para la regulación de las telecomunicaciones. Aunque el énfasis se coloca en la importancia de garantizar la independencia entre el regulador y las empresas que prestan servicios de telecomunicaciones, incluso con algunas redacciones en el sentido de evitar su captura asegurando la separación del regulador y que éste no rinda cuentas a ningún proveedor de servicios en específico, también se menciona la obligación de las partes de garantizar que los reguladores puedan imponer normatividad adicional o específica a los dominantes o preponderantes (Artículo 18.7). Llama la atención que el acuerdo obliga a Estados Unidos y Canadá a contar con un recurso de reconsideración, es decir, que las empresas de telecomunicaciones puedan solicitar al regulador que reconsidere alguna decisión que afecte sus intereses, esto no es aplicable para México pues, desde la reforma constitucional de 2013, las decisiones del IFT únicamente son impugnables mediante amparo indirecto ante los tribunales especializados. ¿No será momento de replantearnos en México esta medida y la posibilidad de incluir algún tipo de recurso previo al amparo?

EN LA SOBREMESA.

Carmen Aristegui

. Es una buena noticia el regreso de Carmen a un espacio noticioso en la radio de la Ciudad de México, el próximo 17 de octubre. Muchos cambios se han dado desde su salida de MVS en marzo de 2015, tras un pleito con la familia Vargas, y será interesante ver el reacomodo de audiencias tras su regreso ya que, sin duda, volverá a ser una de las voces más escuchadas de la radio. Interesante también la estación a la que regresa (97.7 FM), pues es propiedad de Grupo Radio Centro de Francisco Aguirre, que vive un momento complicado en materia financiera; tiene varias estaciones fuera del aire y está por echar a andar su canal de televisión en la Ciudad de México.

Nuevo comisionado.

El día de hoy se publican las convocatorias para seleccionar un comisionado de la Cofece y otro del IFT. Así, hoy sabremos si se privilegió la perspectiva de género en el caso del IFT pues, como ya le he comentado en este espacio, la convocatoria tendría que dirigirse sólo a mujeres pues de lo contrario se corre el riesgo de que el Pleno del instituto quede integrado por siete hombres.

Alfabetización mediática e informacional.

Este nombre tan largo fue el título del estupendo evento que organizó el 27 de septiembre María Lizárraga, titular de la Unidad de Medios y Contenidos Audiovisuales del IFT, en el que expertos nacionales e internacionales expusieron sobre cómo hacer para que los niños y los adolescentes tengan herramientas que los ayuden a saber utilizar los medios de comunicación y las redes sociales, y no a ser utilizados por estos. Vaya tema.

Presidenta de Observatel, profesora de la Universidad Iberoamericana, miembro del Comité de Participación Ciudadana del SNA. Este artículo refleja su posición personal @soyirenelevy

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