Imagina que un día, tu hijo salga de casa para hacer sus actividades cotidianas y no regrese. Desaparece, nadie sabe nada de él y las autoridades no responden para ayudarte en la búsqueda. Esto le sucedió a Rosario Ibarra de Pieda, que en 1974, su hijo Jesús Piedra desapareció en manos de autoridades que dio pie a que más de 40 años después, siga exigiendo una respuesta clara al gobierno mexicano.

En México, según datos del Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas (RNPED), existen más de 28 mil personas no localizadas de acuerdo a las averiguaciones previas inicadas del fuero común y del fuero federal que datan de registros de enero de 2007 a enero de 2016. De acuerdo al RNPED,  en las registradas por las Procuradurías y Fiscalías Generales de Justicia de las entidades federativas (fuero común), el 79% de estos datos corresponden a 10 estados: Baja California, Chihuahua, Coahuila, Estado de México, Jalisco, Michoacán, Nuevo León, Sinaloa, Sonora y Tamaulipas, este último representando el 21%; mientras que las presentadas por parte de la Procuraduría General de la República (fuero federal), el 58% de los registros se observan en sólo 3 estados: Guerrero, Tamaulipas y Veracruz. Cabe destacar que del total de registros, los jóvenes de entre 10 y 29 años representan el 46% que de manera alarmante, los muestra en una situación de vulnerabilidad.

La desaparición de personas se entiende que con base en información fidedigna de familiares o personas cercanas y de conformidad con el derecho interno, la hayan dado por desaparecida. Mientras que la desaparición forzada se refiere a la privación de la libertad de una persona en manos del Estado, ya sea por parte de los mismos agentes o autoridades públicas o personas que son contratadas o tienen el consentimiento del Estado.

La desaparición forzada de personas es un delito que afecta desde el ámbito individual hasta el familiar y colectivo. Este mecanismo institucionalizado desde el poder, para privar a una persona de su libertad, ocultarla y negar cualquier información sobre su paradero, se considera una violación múltiple, grave y permanente de varios de sus derechos humanos, entre los que se encuentran: el derecho a la libertad, al reconocimiento de su personalidad jurídica, a la integridad personal, el derecho a la vida, la prohibición de la tortura y de tratos crueles, inhumanos y degradantes. Incluso puede considerarse un crimen de lesa humanidad cuando se comete como parte de un ataque sistemático y generalizado contra un grupo civil, según lo que dice el derecho internacional humanitario.

Dada la impunidad y el grado de corrupción que existe en este delito, las consecuencias han sido desastrosas para las víctimas, invisibilizando los casos y dejando en el olvido a muchas personas y a sus familias. En este sentido, las autoridades mexicanas han fracasado de manera sistemática en investigar y aclarar estos hechos, lo que da cierta tolerancia hacia estos crímenes.

Desaparición Forzada de personas en la Guerra Sucia

Desde la década de 1960 hasta finales de la década de 1970 en México se vivió un periodo conocido como “Guerra Sucia”. Época caracterizada por una política de Estado encaminada a acallar aquellas voces disidentes que tenían diversas exigencias sociales, por ejemplo en materia de reforma agraria, educación, salud, democracia, y desigualdades sociales. Estaba dirigida a disolver los movimientos de oposición política y armada contra el Estado mexicano a través de la militarización de ciertas regiones que se tradujeron en graves y mútiples violaciones de derechos humanos.

El estado de Guerrero fue uno de los más afectados. En este estado se registró el mayor número de personas desaparecidas de manera forzada; más de 450 víctimas según cálculos de la Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos y Víctimas de Violaciones a Derechos Humanos en México (AFADEM).

En este contexto ocurrió la desaparición de Rosendo Radilla Pacheco, un campesino ganadero, destacado líder social del municipio de Atoyac de Álvarez, Guerrero, en donde fue además, presidente municipal. Trabajó por la salud y educación de su pueblo, destacado por sus labores altruistas a favor de su comunidad. Rosendo fue detenido ilegalmente el día 25 de agosto de 1974, mientras viajaba en un autobús rumbo a Chilpancingo, Guerrero en compañía de su hijo. Desde entonces su familia no lo volvió a ver y según testigos fue visto por última vez en el ex Cuartel Militar de Atoyac de Álvarez.

En el año de 1992, familiares de Radilla Pacheco, interpusieron la primera denuncia formal ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos. En 2002 se presentó la última denuncia ante un Ministerio Público del país que por impunidad del caso, la insuficiente y los nulos avances en la investigación, los familiares Radilla, junto con otras dos asociaciones, presentaron una denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en noviembre de 2001, la cual fue enviada posteriormente a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en 2008.

El 23 de noviembre de 2009, la Corte IDH condena al Estado mexicano por diversas violaciones graves de derechos humanos, señala al Ejército como responsable de la desaparición forzada de Rosendo Radilla Pacheco. Este caso ha sido muy importante y trascendente en el ámbito jurídico del país, sin embargo, no ha sido suficiente en la prevención y erradicación de esta terrible práctica.

De acuerdo a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, existieron en la Guerra Sucia 532 casos registrados de desaparición forzada, sin embargo se estima que fueron más de 700 casos, los cuales siguen sin resolverse y los responsables no han comparecido ante la justicia. Lo único que ocasiona es que manda un mensaje a los perpetradores de este delito para seguir cometiéndolo sin ninguna consecuencia futura.

Desaparición Forzada en México, un crimen de olvido

La desaparición forzada de personas, es un delito que causa una tortura continua y prolongada para la víctima directa y para su familia. En México está lejos de erradicarse esta práctica de violencia institucional ejercida desde hace muchos años y aún con casos diversos en el presente.

Con los recientes casos de personas desaparecidas en México, y por mencionar uno de los más relevantes en nuestro país que es el de los 43 estudiantes de la escuela Normal Rural “Raúl Isidro Burgos” de Ayotzinapa, Guerrero, en donde hubo enfrentamientos entre los estudiantes y fuerzas de seguridad pública, fueron vistos por última vez el 26 de septiembre del 2014 en Iguala. Hasta el momento y con graves faltas a la investigación, casos de impunidad y ocultando información sobre su paradero, se da cuenta de la gravedad del problema y falta de claridad por comunicar efectivamente; por contar con una certeza de que se pueda conocer la verdad y asegurar la justicia.

Las consecuencias para los familiares de las víctimas son devastadoras, ya que el no saber qué había sucedido con sus seres queridos es una fuente inagotable de sufrimiento, que empeora con la mala actuación de las autoridades. Además se tienen consecuencias económicas, y afectan especialmente a grupos vulnerables.

Gracias a uno de los acuerdos de Gobierno Abierto, se abrió a consulta pública el RNPED, que sin duda es un gran avance en tener una base de datos de personas desaparecidas a partir de registros oficiales para dar seguuimiento desde la Sociedad Civil, y que según las averiguaciones previas iniciadas en fuero federal, de enero 2014 a junio de 2015, se contabilizaron 106 casos de desaparición forzada (95 hombres y 11 mujeres), sin embargo aún nos falta un largo camino por recorrer.

Mostrar políticas eficaces para la reparación del daño a las víctimas, llevar a juicio a responsables de éstos crímenes, llevar a cabo investigaciones científicas y fidedignas, y dar respuesta contundente para llevar a los responsables ante la justicia, entre otras múltiples medidas que se pueden hacer para recobrar la confianza en la ciudadanía y que los casos como el de Rosario Ibarra de Piedra, así como los miles más no queden en el olvido.

Bibliografía

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  5. Belle Antoine, Caballaro, et al.“Situación de los Derechos Humanos en México” Comisión Interamericana de Derechos Humanos, 2015. Pág. 87. Consultado el 16 de marzo de 2016 en: http://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/Mexico2016-es.pdf

Luz Marcela Villalobos Andrade

Coordinadora de observaotrios locales en ONC

@MarceVillalobs @ObsNalCiudadano

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