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El coordinador de los senadores del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Miguel Barbosa, dio a conocer ayer su propuesta de ley de seguridad interior, que pretende regular los criterios para autorizar la intervención de las Fuerzas Armadas en municipios, entidades o regiones y propone un esquema para evaluar y decidir —por vez primera— el “regreso gradual y ordenado de las Fuerzas Armadas a los cuarteles”.

El legislador del sol azteca hará oficial hoy su propuesta, contenida en una ley de 53 artículos, así como un régimen transitorio en el que propone mecanismos para que, previo diagnóstico, cese la intervención federal en municipios y entidades.

Barbosa incluso considera regular el artículo 29 de la Constitución, relativo a la suspensión de garantías constitucionales, pues indica que se podrán restringir —por orden del Poder Ejecutivo, como marca la norma—, pero previo diagnóstico de la situación que realice el Consejo de Seguridad Interior y del Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, con la opinión de la Comisión Bicamaral de Seguridad Nacional del Congreso.

De acuerdo con la propuesta del senador, el Presidente de la República será el facultado para emitir los decretos por los que se establezcan medidas excepcionales de seguridad interior, previo al diagnóstico que realice un Consejo de Seguridad Interior y siempre serán comunicados a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) para que esta ejerza sus funciones “de seguimiento, acompañamiento y de investigación”.

El consejo citado será integrado por el Presidente, los titulares de las secretarías de Gobernación; Defensa Nacional; Marina; Salud; Hacienda; Función Pública; Relaciones Exteriores; Comunicaciones y Transportes, y Energía.

También estarán en ella los titulares de la Procuraduría General de la República; el presidente de la Comisión Bicamaral de Seguridad Nacional; el director general del Centro de Investigación y Seguridad Nacional; los Gobernadores de las entidades federativas y los presidentes municipales de las zonas en las que se presente la afectación a la seguridad interior.

Las sesiones de ese órgano se llevarán a cabo en privado y sus discusiones serán de caracter reservado.

El regreso de las Fuerzas Armadas a los cuarteles se determinará en un plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de la ley.

Para ello, el secretario ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública realizará una evaluación de las capacidades de los cuerpos policiacos en aquellos lugares en los que actualmente la función de resguardar la seguridad es realizada por los militares.

Deberá determinar si la autoridad civil —federal, local o municipal— cuenta con la fortaleza institucional para encargarse de las tareas en el ámbito territorial respectivo.

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