El “Derecho de Legación” (jus legatio) es un elemento central del Derecho Diplomático, que a su vez es una rama del Derecho Internacional Público. Dicho Derecho de Legación está debidamente reglamentado en la principal codificación existente del Derecho Diplomático: la Convención de las Naciones Unidas sobre Relaciones Diplomáticas, aprobada en Viena en 1961, considerada como “La Biblia” de dichas relaciones. El Derecho de Legación se refiere a la facultad soberana de los Estados para enviar (jus activum) y recibir (jus passivum) agentes diplomáticos. Como un Estado tiene la potestad de aceptar o no a la persona que otro Estado le envía, la propuesta debe hacerse de forma confidencial no pública, teniendo ello el sensato propósito de evitar una fricción si se difunde la decisión de no aceptarla. Esto último ocurre cuando se considera que el designado no tiene el perfil adecuado, ha tomado posiciones ofensivas para el país a donde irá, posee malos antecedentes, ha cometido delitos, etc. Lamentablemente, nuestros gobiernos han llegado a proponer como embajadores a personajes de mala reputación que no han sido aceptados, pero se ha evitado el descrédito del rechazo público, gracias a que la propuesta se hizo con la confidencialidad que establece el Derecho Diplomático: la tajante negativa o la muy diplomática ausencia de respuesta, nunca fueron conocidos por la opinión pública.

Es pertinente recordar lo anterior porque, a pesar de que se pregona que nuestra política exterior se sustenta en el apego y respeto al Derecho Internacional, la reciente designación del nuevo embajador en EU trasgredió lo dispuesto en la mencionada Convención de Viena, de la que somos parte desde 1965. En efecto, dicho nombramiento fue hecho en una mañanera sin previamente haber recibido el beneplácito correspondiente, que debió haberse solicitado en forma confidencial al gobierno estadounidense, lo cual tiene implicaciones negativas. En primer lugar y teniendo en cuenta que el asunto debió ser consultado por las autoridades diplomáticas actuales con las futuras (el próximo Secretario de Estado, Antony Blinken, y su equipo ya operan informalmente), se profirió una nueva ofensa ( ) al gobierno de Joe Biden, pues no se respetó su derecho a optar por aceptar o no al enviado mexicano. Aunque no se espera un rechazo puesto que ese país confronta descomunales problemas y no se desea tener uno más, el desaire no pasara desapercibido.

Sin embargo y más importante que lo anterior, es el hecho de que el gobierno mexicano está minando sus propios argumentos de política exterior, pues didifícilmente seuede exigir a otras naciones el respeto al espíritu, los principios y las normas del Derecho Internacional, cuando uno mismo no lo hace, o lo hace unas veces y otras no. Eso es más grave cuando se trata de nuestras relaciones con la superpotencia del Norte, puesto que como nuestro apego al Derecho Internacional fundamentalmente se ha esgrimido frente a su poderío y la prepotencia que se deriva de ese, nos exponemos a que Washington no de credibilidad a nuestros postulados, o igualmente los aplique a modo en su trato con el vecino del Sur. En materia de política exterior debe tenerse una visión de Estado de largo plazo, y no, como en la política doméstica, una de tipo cortoplacista y ad hoc para las circunstancias del momento. Los intereses de un gobierno, no necesariamente son los mismos que los del Estado.

Internacionalista, embajador de carrera y académico. 

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