La propuesta de Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar el Daño por el Delito de Feminicidio, presentada por la presidenta Claudia Sheinbaum, llega en un momento en que el país exige respuestas claras y coordinadas frente a la violencia feminicida. Sin embargo, lo presentado hasta ahora es apenas una versión preliminar. Y en materia legislativa, la diferencia entre transformar la realidad o repetir inercias está en la letra fina.
La propia presentación reconoce que la propuesta implicaría que estados y municipios cedan parte de sus facultades al Congreso de la Unión, lo que requiere una reforma constitucional al artículo 73. Esta advertencia es crucial: sin esa reforma, la ley nacería limitada. Pero incluso con ella, el problema central permanece: sin presupuesto, no hay política pública que sobreviva. Sin fondeo, la propuesta quedará en letra muerta, como ha ocurrido con otras leyes generales.
En este contexto, organizaciones de la sociedad civil, colectivas y familias de víctimas han sido contundentes: México no parte de cero. Existe ya un marco normativo amplio, construido incluso a partir de sentencias internacionales, pero el problema es su incumplimiento. Por ello, han planteado que antes de aprobar una nueva ley se debe abrir un diálogo real que permita identificar los obstáculos que hoy impiden resultados efectivos: investigaciones deficientes, revictimización, dilación procesal y falta de reparación integral.
La unificación del tipo penal de feminicidio es un avance relevante y responde a una demanda histórica del movimiento feminista. Sin embargo, más allá de este punto, la propuesta retoma elementos ya contenidos en la legislación vigente, particularmente en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. El riesgo es claro: repetir normas sin garantizar su aplicación.
Otro de los señalamientos centrales es la urgencia de fortalecer las capacidades institucionales. Persisten servicios periciales precarios, pérdida o contaminación de evidencia, necropsias deficientes e investigaciones sin perspectiva de género, lo que impide acreditar correctamente los feminicidios. A ello se suma la ausencia de una política efectiva de prevención, especialmente en contextos vinculados al crimen organizado, donde el Estado llega tarde o no llega.
Uno de los aspectos más polémicos será la definición de “mujer” como “toda persona que se identifique como mujer”. Esta inclusión abre debates complejos sobre identidad de género y política pública. Más allá de posturas ideológicas, es necesario advertir que un transfeminicidio presenta características distintas, por lo que la ley deberá prever rutas diferenciadas de investigación y atención.
Otro punto delicado es la incorporación de responsabilidades adicionales como la pérdida de derechos sucesorios o de la patria potestad para agresores. Aunque parecen medidas justas, pertenecen al ámbito civil, lo que podría generar conflictos de competencia si no se resuelve adecuadamente en la reforma constitucional.
La propuesta también plantea fiscalías especializadas, pero reconoce que muchas no operan por falta de recursos. Aquí vuelve el problema estructural: sin un fondo federal etiquetado, la ley será simbólica. Lo mismo ocurre con los registros nacionales de feminicidio y de orfandad, cuya viabilidad depende de financiamiento y coordinación.
Las organizaciones también han sido claras: sin participación activa de la sociedad civil en el diseño, implementación y evaluación, la ley corre el riesgo de fracasar. No basta legislar; se requieren mecanismos de rendición de cuentas y seguimiento.
En suma, la propuesta tiene buenas intenciones, pero carece de elementos indispensables para ser efectiva. Sin presupuesto, sin claridad jurídica, sin fortalecimiento institucional y sin diálogo público la ley corre el riesgo de ser otro gesto sin impacto real. México no necesita más leyes: necesita que se cumplan.

