La política de Estado en materia de ciencia y tecnología se rediseñó el sexenio pasado mediante un marco normativo e institucional que limita la contribución de los sectores privado y social para la solución de los problemas nacionales. Este modelo será evaluado por la Suprema Corte, que debe asegurar un modelo plural y democrático.

La Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación y la nueva Secretaría que sustituyó al CONAHCYT reflejan un actuar característico de la 4T: estructuras que reclaman cambios, seguidos de diagnósticos superficiales y soluciones problemáticas. Los cambios elaborados bajo la crítica a la denominada “ciencia neoliberal”, caracterizada por el presidente López Obrador por la prevalencia de intereses económicos al amparo del Estado, fueron realizados asociando a los centros de investigación y universidades privadas como espacios de lucro y corrupción.

Este reduccionismo diluye la pluralidad característica de las universidades, limita el diálogo entre los actores e ignora esfuerzos de las instituciones del sector social y privado. En este sentido, las universidades del Sistema Universitario Jesuita sostuvieron en un comunicado reciente que su comunidad ha construido un modelo de investigación y aplicación de conocimiento orientado por varios años a mejorar las condiciones sociales.

La actual política asocia a las universidades privadas con el privilegio mientras ignora los escándalos de corrupción de universidades públicas, como el revelado en la denominada “estafa maestra”, en el que cerca de una decena de universidades desviaron recursos federales. Bajo esta narrativa, se construyó una noción jurídica de interés público que se fusiona y equipara al ámbito público, sin valorar que desde el sector privado y social también hay una contribución significativa a la sociedad o que las universidades públicas pueden estar favoreciendo intereses corporativos.

Diversos artículos de la ley plantean que solo el sector público atiende al interés público. El resultado es un modelo que priva a los integrantes de los sectores social y privado del apoyo del Estado, incluso si su labor cumple los objetivos de la denominada Agenda Nacional. Lo mismo sucede con las becas para estudios de posgrado, en las que el principio de universalidad se reduce a las universidades públicas y se condiciona la posibilidad de estudiar con apoyo del Estado a la exención total de costos por parte de las universidades privadas y siempre en un segundo lugar del apoyo otorgados para universidades públicas.

Aunque el interés público no tiene una definición constitucional, la Corte lo ha asociado al bien común y a los intereses colectivos en una sociedad democrática. Recibir una beca para estudiar un posgrado en una universidad privada o que personas dedicadas a las ciencias cuenten con apoyo público, pueden ser actividades que contribuyan a dicho interés, en función del programa académico o del tipo de investigación.

La discusión debe trascender el debate económico. No se debe limitar –como ha hecho un sector de la academia y el oficialismo– a debatir sobre recibir dinero público. Por el contrario, debe centrarse en cómo son empleados los recursos públicos, a qué contribuyen y qué reditúan desde un modelo corresponsable que permita verificar y transparentar la contribución de todos los actores, alejándose del academicismo y la lógica de producción cuantitativa que permea en el Sistema Nacional de Investigación. La Corte debe asegurar que la legislación permita a la sociedad beneficiarse del conocimiento y que quienes investigan o estudian para construir un mejor país cuenten con el apoyo del Estado.

Coordinador de la Licenciatura en Derecho de la Universidad Iberoamericana Puebla @hele_simon

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