El estudio sobre sexualización y comercialización de la infancia, elaborado en 2011 por Greg Bailey —primer director ejecutivo hombre de la Mother’s Union del Reino Unido—, conocido como el Informe Bailey , introduce el concepto de la hipersexualización infantil y lo define como “la sexualización de las expresiones, posturas o códigos de la vestimenta considerados como demasiado precoces”. Siguiendo otras definiciones contenidas en la publicación Percepciones y prácticas de los jóvenes de secundaria ante la hipersexualización y sexualización temprana, de la Universidad de Quebec, consiste en reducir la identidad individual sólo a su dimensión sexual o en dar carácter sexual a una conducta o un producto que no lo tiene en sí mismo.

La conocida frase: “el sexo vende”, hace referencia a este tipo de prácticas en la publicidad. Como antecedente, en 1871, la marca de tabaco Peral utilizó en sus promocionales la ilustración de una mujer semidesnuda, lo que resultó en el aumento de sus ventas, y desde entonces esta práctica de colocar imágenes sexuales o eróticas para publicitar cualquier tipo de productos o servicios se volvió parte de la normalidad en el diseño. En los años recientes, esta táctica se ha replicado utilizando la imagen de niñas, niños y adolescentes, lo que puede afectar su desarrollo, al convertirlos en objeto de deseo sexual mediante el impulso de roles no acordes con su edad.

En 2020, el Sistema Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes publicó algunas recomendaciones para evitar conductas como incentivar a niñas y adolescentes a usar maquillaje, vestimenta o accesorios que los hagan ver como una persona adulta; preguntarles si tienen novia o novio o decirles que siempre deben verse bonitas o guapos; fomentar expresiones o bailes con movimientos sexuales; besar sus bocas o ejercerles presión para besar a alguien (incluso a un familiar), y advirtió que la hipersexualización puede dar lugar a otras formas de violencia, cada vez más graves.

El Módulo sobre Ciberacoso ( MOCIBA ), del INEGI , estima que el 29.2 por ciento de las mujeres de 12 a 19 años, y el 22.2 por ciento de los hombres en este mismo rango de edad que utilizaron internet en 2020 fueron víctimas de ciberacoso en los últimos 12 meses, lo que convirtió a este sector en el más frecuentemente agredido, por lo que resulta imperiosa la necesidad de transformar la manera como se promueve la imagen de las y los menores, para evitar que se les perciba en forma sexual, y así fomentar elementos cívicos y culturales que favorezcan su bienestar y cuidado por todos los integrantes de la sociedad, y que sean adecuados a su edad y grado de desarrollo psicosocial.

En el mundo existen antecedentes legislativos cuyo objetivo ha sido prevenir y sancionar la proliferación de la comunicación basada en la hipersexualización de las personas menores de edad, como son los casos de Francia , Chile , Bolivia y Costa Rica . En el país europeo, desde 2013 el tema fue tratado como de gran impacto social, por lo que en 2014 se prohibieron los certámenes de belleza con participantes menores de 13 años, y se estableció que los concursos de ese tipo para menores de dieciséis años deben obtener una autorización previa y garantizar la protección del interés superior de la niñez y su dignidad. Por su parte, Costa Rica y Bolivia emitieron ordenamientos similares, y en Chile existe una propuesta de ley para establecer penas a la explotación erótica de la imagen infantil.

En México, el Poder Legislativo debe ocuparse de este fenómeno que día a día se replica en distintos medios. En este sentido, presenté una iniciativa ante el Senado de la República para reformar, entre otros ordenamientos, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; la Ley sobre Delitos de Imprenta, y la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión , para evitar la sexualización temprana o hipersexualización de niñas, niños y adolescentes, así como la promoción de estereotipos de género que reproduzcan relaciones de dominación, desigualdad o discriminación; y también la Ley Federal de Protección al Consumidor, para prohibir cualquier tipo de publicidad que exponga o utilice la imagen hipersexualizada de este sector de la población.

Poner límites a la publicidad es una tarea muy importante, con miras a frenar —en todas sus formas— la violencia contra menores de edad, especialmente las asociadas con agresiones de tipo sexual que pueden poner en riesgo no sólo su desarrollo, sino también su integridad y vida, en los casos más extremos. Si el mercado ha utilizado el sexo y el erotismo para incrementar el consumo, dejar a las niñas, niños y adolescentes fuera de esa dinámica es responsabilidad de las personas adultas, quienes tenemos una obligación de cuidado que no podemos ignorar.

ricardomonreala@yahoo.com.mx
Twitter y Facebook: @RicardoMonrealA

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