Por Félix Hernández Gamundi y Marisol Vázquez Jiménez
“El 2 de octubre de 1968 es uno de los capítulos más negros de la historia de México. La SCJN y los tratados internacionales establecen que el Estado tiene la obligación de otorgar una Reparación Integral de los Daños. No se trata de un gesto político, sino de una obligación jurídica y ética. El cumplimiento de estas obligaciones abonará en la consolidación de un Estado democrático en el que no se repitan crímenes de Estado.”
El 2 de octubre de 1968, el Estado mexicano cometió una de las violaciones más graves a los derechos humanos de la historia contemporánea del país. El crimen de Estado perpetrado en la Plaza de las Tres Culturas de Tlatelolco fue en contra del movimiento estudiantil, contra la juventud y contra la sociedad mexicana en su conjunto. A casi seis décadas de distancia, este crimen permanece impune: muchos de los responsables directos fallecieron bajo la protección oficial y nunca fueron sometidos a un proceso penal definitivo. El hecho no se limitó a una agresión puntual: marcó a toda una generación con persecución, encarcelamiento, estigmatización, discriminación y exilio. En años recientes, la vida política de México ha cambiado de manera sustancial. Nuevas generaciones en el poder se reconocen como herederas del movimiento democrático de 1968. Sin embargo, la deuda del Estado con las víctimas sigue pendiente. Bajo los principios del Derecho Internacional Humanitario, los Derechos Humanos y las sentencias emitidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se impone el deber de otorgar una Inmediata Reparación Integral de los Daños.
Tanto los Tratados Internacionales como nuestras Leyes Nacionales y los procesos de Justicia que como Comité 68 Pro Libertades Democráticas hemos impulsado, nos otorgan la razón. Por ello clamamos: NO OLVIDAMOS, NO NOS RECONCILIAMOS Y TAMPOCO PERDONAMOS. Este es el grito de los jóvenes que siguen marchando cada 2 de Octubre.
En concreto el marco internacional de obligaciones, se contienen principalmente en tres instrumentos: 1) La Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio (1948) Obliga a prevenir y castigar el genocidio; establece la imprescriptibilidad y el principio de que ninguna autoridad puede justificar la impunidad; 2) Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (1998) Define los crímenes de lesa humanidad; los declara imprescriptibles; establece la obligación del Estado de investigar y sancionar. 3) Tratado de Viena sobre el Derecho de los Tratados (1969). Establece el principio de pacta sunt servanda (lo que se pacta se cumple) y México siendo parte de este Tratado, se obliga a cumplir los tratados de derechos humanos suscritos.
El marco nacional de obligaciones incluye: La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió sentencia definitiva reconociendo los hechos del 2 de octubre de 1968 como genocidio. Esto implica que no fue un exceso aislado sino un crimen de Estado planificado y ejecutado contra población civil desarmada. La SCJN estableció que estos delitos son crímenes de lesa humanidad, imprescriptibles y que generan la obligación permanente del Estado mexicano de reparar, garantizar la verdad y asegurar la no repetición.
Y ¿CUÁLES SON LOS PRINCIPIOS DE LA REPARACIÓN INTEGRAL?: 1) Restitución: que significa restablecer en lo posible la situación anterior a la violación. 2) Compensación adecuada de daños materiales y morales. 3) Rehabilitación: Atención médica, psicológica, social y jurídica a víctimas y familiares. 4) Satisfacción: Medidas simbólicas como disculpas oficiales, actos de memoria y apertura de archivos. 5) Garantía de no repetición: Reformas institucionales, control civil de la fuerzas armadas, educación en Derechos Humanos.
Por todo lo expuesto, demandamos una memoria de la lucha jurídica sostenida por décadas, una memoria de los procesos que siente un precedente de ACCESO A LA JUSTICIA EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS Y POR UN ESTADO DE DERECHO PLENO. Esto es una aspiración superior al castigo a los culpables y a las dádivas monetarias.
La lucha del Comité 68 es también un proceso educativo y pedagógico que genera una CULTURA DE LA LUCHA POR LA NO REPETICIÓN DE LA VIOLENCIA DEL ESTADO CONTRA LA POBLACIÓN EN CUALQUIER FORMA Y LUGAR EN QUE SE MANIFIESTE.
Luchamos por una memoria que nos una, nos obligue, nos movilice y nos dignifique como MEXICANOS.
Luchamos por la REPARACION INTEGRAL a las víctimas del genocidio, que es definido como un CRIMEN DE LESA HUMANIDAD. Esta reparación debe incluir:
1. Justicia y Verdad que significa Proseguir con los juicios contra los responsables de este GENOCIDIO, hasta la sentencia definitiva. Apertura total de los archivos militares y de seguridad nacional. Reconocimiento jurídico y público de las víctimas de desapariciones forzadas, como un delito continuado.
2. Reparación Material y Simbólica: a partir del establecimiento de un fondo nacional de indemnización a las víctimas y sus descendientes en términos de Ley; Creación de becas educativas y programas sociales de salud y vivienda dignas para las víctimas y sus descendientes. Construcción de un Museo Nacional de la Democracia y la Memoria de 1968. Retirar los nombres y estatuas de los genocidas en la nomenclatura de lugares públicos.
3. Garantías de NO Repetición: a través de reformas constitucionales que supriman el uso del ejército en tareas de seguridad pública. Inclusión de la historia del 2 de octubre de 1968 en los planes educativos de primaria, secundaria y bachillerato. Programas de capacitación en Derechos Humanos obligatorios para los funcionarios públicos, los funcionarios del Poder Judicial, del Poder Legislativo y las fuerzas de seguridad incluyendo las Policías y Fuerzas Armadas.
Hoy 15 de Septiembre alzamos nuestra voz en un grito que resuena ya por más de 3 generaciones: ¡POR UN MÉXICO DE IGUALES, EN PAZ Y EN DEMOCRACIA PLENAS! ¡QUE VIVA MÉXICO LIBRE INDEPENDIENTE Y SOBERANO! ¡2 DE OCTUBRE NO SE OLVIDA!
Miembros de Por México Hoy






