Por Diana Murrieta

Cuando no pueden tocarte, usan lo que más amas para destruirte.”

Así opera la violencia vicaria. No es un conflicto familiar ni una disputa por la custodia: es una forma extrema de violencia de género en la que un agresor utiliza a hijas, hijos o personas significativas para dañar, controlar y castigar a una mujer. Nombrarla en la ley fue un paso indispensable para hacer visible una violencia que durante años fue negada, minimizada o tratada como un asunto privado.

La tipificación de la violencia vicaria en México no surgió por inercia ni por voluntad espontánea del poder público. Fue el resultado de una lucha sostenida del Frente Nacional contra la Violencia Vicaria, de madres separadas de sus hijas e hijos, de mujeres que enfrentaron tribunales familiares sin perspectiva de género y de colectivas que obligaron al Estado a nombrar lo que ya estaba ocurriendo.

Esa norma nació para proteger a las mujeres y a las infancias, no para profundizar su castigo.

Sin embargo, la última semana de enero dejó un mensaje alarmante. Dos casos distintos, en dos estados diferentes, evidencian la misma falla estructural: el incumplimiento —o la distorsión— de la ley cuando se trata de proteger a las víctimas de violencia vicaria.

En Jalisco, Elisa Celis se encuentra en huelga frente a Casa Jalisco, la residencia oficial del gobernador. No está ahí para pedir favores ni interpretaciones discrecionales. Está ahí para exigir algo básico en cualquier Estado de derecho: que se cumplan sentencias firmes ya dictadas por autoridades judiciales y que su hijo, Patricio, le sea restituido después de años sin poder verlo.

Una madre en huelga frente a la casa del gobernador no es una imagen simbólica ni un acto extremo sin causa. Es el último recurso de una mujer que, aun habiendo ganado en tribunales, sigue sin acceder a la justicia. Elisa no está pidiendo que se revise su caso; está exigiendo que se ejecute. Cuando el Estado no cumple sus propias sentencias, la violencia no solo continúa: se institucionaliza.

Al mismo tiempo, en Coahuila, Stella fue vinculada a proceso penal por el delito de violencia vicaria. El dato que no puede ignorarse es el contexto: existían denuncias previas de violencia familiar. Es decir, una mujer que había buscado protección terminó enfrentando al sistema penal bajo una figura jurídica creada precisamente para proteger a mujeres como ella.

Este no es un error menor ni un caso aislado. Es el resultado de aplicar una norma sin perspectiva de género, sin análisis de contexto y sin comprensión de las relaciones de poder que atraviesan la violencia vicaria. La ley no puede operar como una fórmula automática. El derecho de las mujeres exige una obligación reforzada de análisis, cuidado y no revictimización.

Los estándares nacionales e internacionales son claros: toda autoridad que conoce de un caso de violencia de género debe analizar el contexto previo, el riesgo y las consecuencias de sus decisiones. Vincular a proceso a una mujer sin un análisis exhaustivo de su situación de victimización no es neutralidad jurídica; es una falla grave del sistema.

Los casos de Elisa y de Stella muestran dos caras de la misma moneda. En uno, el Estado incumple sentencias y prolonga la violencia. En el otro, el Estado aplica de forma errónea una figura penal y profundiza la criminalización. En ambos, las mujeres quedan desprotegidas y las infancias atrapadas en medio.

La violencia vicaria no es simétrica. No es una “guerra de versiones” ni un conflicto entre partes iguales. Es una manifestación extrema de la violencia de género que, en la mayoría de los casos documentados, se ejerce como castigo y control. Ignorar esta realidad convierte a la ley en un instrumento peligroso.

Cuando una mujer denuncia violencia y pierde a sus hijos; cuando una mujer obtiene una sentencia y esta no se cumple; cuando una mujer termina imputada por intentar proteger, el mensaje es devastador: el sistema no solo no protege, también castiga.

No se trata de negar que las mujeres puedan ejercer violencia. Se trata de entender que las leyes de violencia de género existen para corregir desigualdades estructurales, no para simular neutralidad. Aplicarlas sin perspectiva de género no es imparcialidad: es ceguera institucional.

Esta fue una semana negra para las víctimas de violencia vicaria. Pero también es una advertencia. Si el Estado no corrige el rumbo —cumpliendo sentencias, capacitando a quienes operan la ley y garantizando análisis de contexto—, la violencia no solo continuará: se normalizará desde las instituciones.

La violencia vicaria fue nombrada gracias a mujeres organizadas. Honrar esa lucha implica algo muy concreto: que la ley proteja, repare y garantice derechos. No que los arrebate.

Presidenta y fundadora de Nosotras para Ellas, A.C.

@dianamurrietam

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