La queja presentada por 65 juzgadores, 20 mujeres y 45 hombres, con un promedio de 26.5 años de carrera judicial, ha logrado que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos privilegie esta denuncia y entre a su estudio, de entre los miles de asuntos que recibe.
El abogado especialista en temas de derechos humanos, Samir Andrés Fajardo Morales, ha conseguido que la denuncia presentada sea revisada de manera inmediata y que se analice la posible violación a los derechos humanos tanto de los juzgadores como de los justiciables, que dicha reforma —promovida en un primer término por el expresidente Andrés Manuel López Obrador y que heredó la presidenta Sheinbaum— implicó.
Dichos juzgadores representan a millones de mexicanos que no aceptamos la reforma al Poder Judicial por múltiples razones que ya han sido analizadas sobradamente, pero que, en resumidas cuentas, implican la desarticulación de la carrera judicial; la violación a los derechos humanos de miles de juzgadores (jueces, magistrados y ministros) destituidos mediante un proceso lleno de inconsistencias y trampas; la violación a la libertad de voto al inducir a los mexicanos —mediante los llamados acordeones— a votar por candidatos afines a la Presidencia y a las gobernaturas locales; la falta de neutralidad e imparcialidad de los juzgadores designados por elección popular; la falta de capacitación y experiencia de los nuevos juzgadores, incluyendo a los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), varios de ellos vinculados abiertamente a Morena, y el engaño a la ciudadanía al convencerla de la necesidad de eliminar a esos juzgadores.
Lo novedoso no es el análisis de esta reforma respecto de las múltiples violaciones legales y a los derechos humanos, sino el carácter urgente con el que se le dio trámite a la queja, a sabiendas de que en la Comisión los procesos tardan muchos años.
El Estado mexicano ha bloqueado los mecanismos internos para revisar la legalidad de la reforma judicial, y la Comisión se ha abocado a ello y, con carácter prioritario, le ha dado cuatro meses para responder.
El emplazamiento de la Comisión no es una sugerencia diplomática, sino que se fundamenta en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, mejor conocida como el Pacto de San José —que México ratificó en 1981—, así como en el Protocolo de San Salvador, ratificado en 1996. La asunción de tales instrumentos internacionales significa que el Estado aceptó voluntariamente que sus leyes internas —incluida la Constitución— deben estar en armonía con los estándares de derechos humanos de la región.
Estos tratados imponen deberes que la reforma judicial ha comprometido, como los siguientes:
• No regresividad de derechos: los Estados se comprometen a lograr la plena efectividad de los derechos de manera progresiva. Se argumenta que eliminar un sistema judicial profesionalizado para sustituirlo por uno de elección popular es una medida regresiva.
• Derecho al trabajo (artículos 6 y 7): el Protocolo garantiza condiciones justas, equitativas y satisfactorias. La destitución masiva y el cese de la carrera judicial basada en el mérito violan la estabilidad laboral.
Esta decisión de la Comisión eleva la tensión entre el gobierno de México y los organismos internacionales, y marca el inicio de un proceso de fiscalización internacional sobre la constitucionalidad y convencionalidad de la reforma.
El Gobierno de México tiene cuatro meses para presentar sus observaciones, el plazo más amplio previsto en sus procedimientos, y la Comisión ha sido enfática en que no habrá concesiones adicionales.
La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) articulará la respuesta, y previsiblemente intentará justificar ante el Sistema Interamericano que la reforma no vulnera los derechos humanos ni la independencia judicial.
La Comisión ha recogido preocupaciones del propio Poder Judicial de la Federación y de organizaciones civiles, que se resumen en:
- La independencia judicial.
- Que la destitución masiva de juzgadores puede interpretarse como una represalia política y rompe el principio de inamovilidad.
- El sistema de elección, que pone en duda si el voto popular garantiza perfiles capacitados o somete a los jueces a agendas partidistas.
- El Tribunal de Disciplina, que podría convertirse en una herramienta de persecución interna.
No negamos que era necesaria una reforma, pero no una que debilitara la independencia judicial y agravara la corrupción e ineficiencia mediante juzgadores alineados al régimen.
Si la Comisión considera que existen violaciones a la Convención Americana, el caso podría escalar a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, con sede en San José, Costa Rica. Una sentencia en esa instancia sería vinculante y podría obligar a modificar aspectos sustanciales de la reforma.
Hay esperanza todavía.

