El 9 de febrero el Tribunal de Disciplina Judicial aplicará un examen a jueces y magistrados federales que llegaron al cargo después de la reforma judicial a través del voto. Dicho así, suena bien ¿cierto? Un Poder Judicial que se evalúa, habla de un sistema que verifica capacidades y valora el conocimiento técnico.
El problema empieza cuando uno ve qué van a evaluar porque lo que se ha anunciado no es una revisión de la capacidad real para juzgar, sino un cuestionario sobre generalidades del amparo. Nada sobre lo que realmente ocupa a un juzgado o a un tribunal todos los días como son pruebas complejas, conflictos y ponderación entre derechos, redacción de sentencias, criterios, vaya, técnica jurídica en serio.
Un examen descafeinado para un cargo que no admite ligerezas. Entonces, ¿para qué sirve este examen? No parece diseñado para saber si quienes hoy juzgan saben juzgar. Parece diseñado para poder decir que sí hubo evaluación. Para poder afirmar que sí hay controles. Hay que recordar que juzgar no es recordar conceptos; es saber decidir en contextos difíciles, contradictorios, y es el lugar donde se le pone un límite al poder. Eso no se evalúa con opción múltiple. Se evalúa, por ejemplo, pidiendo la elaboración de un proyecto de sentencia completo a partir de un caso cuidadosamente diseñado, donde existan derechos en conflicto y la obligación de argumentar, ponderar y justificar cada decisión. Es decir, un ejercicio que obligue a hacer exactamente lo que el cargo exige todos los días. Un cuestionario evalúa memoria y la memoria nunca ha sido el corazón de la judicatura. La argumentación sí.
Por eso, todo esto sólo tendría sentido bajo una condición muy simple: que fuera completamente público, que los resultados sean publicados para consulta de la ciudadanía y que exista certeza de qué ocurrirá en aquellos casos donde no se apruebe el examen.
Si no, esto se parece demasiado a un enjuague institucional, una fotografía para acompañar la narrativa de que la reforma sí dejó filtros técnicos. Si la reforma cambió la forma de llegar al cargo, lo mínimo exigible era endurecer los mecanismos para verificar capacidades.
Cuando vemos decisiones como la de un tribunal federal en Estados Unidos que, en un caso de habeas corpus, sostiene que solo un juez independiente puede actuar como “guardián” de garantías constitucionales frente a abusos del poder ejecutivo, y decide la liberación de una persona y su hijo con argumentos que invocan explícitamente la protección de derechos y el control judicial como contrapeso fundamental, queda claro que la judicatura no es un espacio accesorio ni técnico, sino uno esencial para la vigencia de un estado de derecho real y no nominal. Si en México reducimos la evaluación de quienes hoy imparten justicia a un simple cuestionario que no mide cómo piensan ni cómo deciden, entonces no estamos fortaleciendo la justicia, sino construyendo espejismos. Evaluar de verdad exige instrumentos que permitan ver cómo razonan, cómo ponderan derechos, cómo controlan a los otros poderes. Sin eso, no solo fallamos en evaluar, sino en entender el papel central que la judicatura juega en cualquier democracia que aspire a serlo.

