La discusión sobre si las organizaciones criminales emplean o no terrorismo es una en la que venimos participando desde, al menos, 2010. Es natural que, tras los actos de violencia cometidos por el Cártel Jalisco Nueva Generación luego del abatimiento de su líder, Nemesio Oseguera “El Mencho”, el tema emerja nuevamente con fuerza. La cuestión del terrorismo va más allá de si Washington o cualquier gobierno deciden designar o no a determinadas organizaciones bajo esa etiqueta, pues eso constituye un debate distinto, ligado a agendas y objetivos políticos específicos. Lo más relevante, en cambio, es la categoría particular de violencia a la que nos referimos, los modos mediante los cuales opera y, sobre todo, los efectos psicosociales que produce. Por ello, comparto a continuación algunos apuntes desde los estudios de terrorismo, con el objetivo de aportar a esta discusión y aplicarlos al momento que estamos viviendo.
1. El problema al hablar de “terrorismo” es que se trata de un término políticamente cargado que es constantemente empleado para servir a determinados discursos o agendas. La palabra es continuamente utilizada para designar ciertos tipos de violencia “extrema”, una que pareciera “peor” que otras violencias. Esto es, sin embargo, en términos generales, impreciso. Un ataque terrorista clásico puede ser cometido por un lobo solitario con un cuchillo y puede no causar muerte alguna u ocasionar daños limitados. En cambio, otros tipos de homicidios, como lo es el caso de una masacre, por ejemplo, podrían causar mucha más cantidad de muerte y daño y, sin embargo, su naturaleza podría no ser la de un atentado terrorista. La esencia en un acto terrorista no se encuentra en la cantidad de daño ocasionado, o en el carácter extremo de la violencia cometida, sino en las metas, en los blancos y en los mecanismos a través de los cuales la violencia cometida se emplea para generar terror.
2. Ahora bien, se pueden comprender los motivos para temer al uso del vocablo “terrorismo” para designar a cierta clase de violencia. Uno de los más importantes tiene que ver con el enfoque que países como Estados Unidos o determinadas agencias de seguridad, pueden adoptar al declarar formalmente que en México hay terrorismo, lo que, como ya sabemos, acarrea implicaciones que van desde lo legal—por ejemplo, la aplicación de legislación antiterrorista extraterritorial—hasta lo político y lo militar. De modo que la preocupación es legítima.
3. Sin embargo, hay un ángulo menos político en relación con el tema. Podríamos decir que el riesgo es caer en el error de pensar que, debido al uso político que se da a dicha palabra, el fenómeno en sí mismo no existe. Es decir, si bien es verdad que en México difícilmente podemos hablar de terrorismo clásico, sí hay una gran cantidad de ataques y eventos que se asemejan a esa clase de violencia en muchos sentidos.
4. Si pensamos en el terrorismo como el uso intencional y premeditado de la fuerza por un actor subestatal, con el objeto de inducir un estado de terror en una sociedad o en partes de ella a fin de canalizar, a través de ese miedo colectivo, determinados mensajes o reivindicaciones para ejercer presión en ciertos actores políticos o en tomadores de decisiones, entonces podríamos detectar la presencia de algunos de esos elementos en ciertos ataques de los cometidos en México por parte de las organizaciones criminales, elementos que se encuentran presentes en distintos grados y combinaciones en diversos eventos.
5. Esto puede ser rebatido a partir de uno de los factores más encontrados en las definiciones de terrorismo: su motivación eminentemente política (ideológica y/o religiosa), la cual aparentemente no se encuentra presente en la gran mayoría de actos violentos cometidos por organizaciones criminales mexicanas. Sin embargo, es posible polemizar con ese criterio desde al menos dos ángulos diferentes.
5a. Primero, aunque el terrorismo clásico es normalmente entendido como una violencia políticamente motivada, en su amplia revisión bibliográfica, los autores Schmid y Jongman (1988/2010) encuentran que este elemento se encuentra presente en aproximadamente 65 por ciento de las definiciones en la literatura sobre el tema, no en el 100 por ciento. Hay autores como Pries-Shimishi (2005), o bien, el propio Instituto para la Economía y la Paz (IEP, 2025), que han decidido extender sus definiciones para incluir la posibilidad de que un acto terrorista sea motivado por otro tipo de metas, como, por ejemplo, las económicas.
5b. Segundo, incluso así, es difícil sostener que lo único que mueve a determinadas organizaciones criminales en México sea lo económico. Hay momentos en donde la frontera entre lo económico y lo político parece desdibujarse y se aproxima a algo que se asemeja mucho más a una verdadera disputa por el poder. Y cuando de poder se habla, es indispensable considerar que éste tiene múltiples dimensiones, las cuales evidentemente rebasan lo económico. Para ponerlo de manera clara, no se trata solamente de dinero o de rutas comerciales. Muchas veces el tema central tiene que ver más bien con otros elementos como la humillación, la venganza, o por supuesto, la dominación. Hay ocasiones en las que un grupo criminal asesina periodistas, o ataca con granadas las instalaciones de un medio de comunicación con el objeto de que la información se ajuste a lo que el grupo criminal desea que se informe. A veces se pide callar, a veces se pide emitir determinado discurso. En ocasiones se busca influir en elecciones, en la toma de decisiones, o bien, simplemente se comete violencia con el fin de que los actores políticos no piensen siquiera en disputar a determinada organización el control de su zona.
5c. Considere usted este ejemplo: Un video en YouTube. Un grupo de individuos de apariencia enorme y fornida, vestidos con uniforme militar y portando, todos, armas tipo AK47, rodean a una persona, un civil que trabaja para cierto gobierno estatal. Se trata de un interrogatorio filmado, en donde al individuo se le obliga a reconocer que trabaja para una organización criminal opuesta a la que está llevando a cabo el interrogatorio. Acto seguido, el civil es asesinado frente a las cámaras. El video de YouTube contaba cuando lo vi, con millones de visitas, lo que significa que el acto ha sido atestiguado, como era el propósito de los perpetradores, por amplísimas audiencias, las cuales rebasan obviamente, al grupo criminal enemigo o a las autoridades del gobierno estatal.
6. Eso nos lleva a un elemento clave: En un acto terrorista clásico, el blanco real del ataque no son las lamentables víctimas directas, sino los terceros que atestiguan el hecho pues el propósito no es matar, sino intimidar a una sociedad completa (Bongar et al., 2007). Las víctimas directas son solo instrumentos en la consecución de ese fin. Podríamos entonces preguntarnos quién o quiénes son los blancos reales de un hecho de violencia como el que se acaba de describir y, sobre todo, el acto que le acompaña que es la publicitación de esa violencia. Sin duda, en ese caso específico, hay un mensaje para la organización criminal enemiga de quienes perpetran el acto. También hay un mensaje para ciertas autoridades acerca de quién tiene realmente el control y el poder. Pero el mensaje no termina ahí. En ese acto hay, también, un mensaje de poder cuyo destinatario es la sociedad toda, los millones de personas que tienen acceso a ese video y que, como consecuencia directa, se encuentran sujetos a efectos psicosociales de elevada magnitud.
7. ¿Es ese hecho un acto de terrorismo? Mi conclusión, a lo largo de los años, ha sido que simplemente llamar a esos hechos “terrorismo” o “narcoterrorismo” conlleva importantes dificultades porque sus características no se ajustan al 100% a lo que tradicionalmente se entiende por terrorismo. Sin embargo, debido a la presencia de un considerable número de elementos que sí se asemejan a esa clase de violencia, mi alternativa ha sido denominar a estos hechos como actos de “cuasi-terrorismo”. Lo que determina un hecho de esa naturaleza es la mecánica de no solo cometer un crimen, sino de publicitarlo y dirigirlo hacia terceros—lo que incluye a las autoridades, a los medios de comunicación y a la sociedad en su conjunto—con el propósito de intimidar o ejercer presión psicológica y canalizar el mensaje acerca de quién realmente tiene el poder y el control de determinada circunscripción, o de cuáles son las consecuencias de no someterse a la voluntad del grupo perpetrador, o bien, ejercer presión de alguna índole sobre los tomadores de decisiones o sobre ciertos sectores de una sociedad a fin de alcanzar determinadas metas que en ese caso pueden estar vinculadas con su poder económico pero también con su poder de dominación. Brian Phillips (2018), un investigador experto en terrorismo que trabajó en el Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE), ha preferido llamar a este tipo de hechos, “tácticas terroristas” empleadas por organizaciones criminales y explica que el uso de dichas tácticas no es algo nuevo, aunque quizás la escala y el número de muertes producidas por esta particular clase de violencia sí lo son. En otro texto, Phillips explica la diferencia entre grupos criminales y grupos políticos, así como las repercusiones que esa distinción conlleva en cuanto al descabezamiento en sus liderazgos. Los primeros, explica el autor, tienen incentivos más bien materiales y su mercado es el de productos ilícitos. En cambio, los grupos que el autor denomina como políticos, son aquellos que tienen incentivos “propositivos” de impactar, deliberadamente en su mercado, que es el de las ideas y la opinión pública (Phillips, 2015). Este tipo de incentivos incluyen recompensas no materiales tales como la satisfacción de estar contribuyendo a alguna causa (Wilson, citado en Phillips, 2015). A partir de este tipo de distinciones, podemos comprender que los objetivos de determinados grupos para cometer un acto violento con el fin de impactar en terceros o en la psique social pueden variar enormemente.
8. Sea cual sea el caso, sin embargo, podemos coincidir en que: 1) Se trata de eventos en los cuales la violencia no solo es cometida, sino publicitada, e incluso, en ocasiones, es cometida justamente con el objetivo evidente de publicitarla; 2) El propósito de publicitarla es inducir un estado de terror en terceros a fin de canalizar, a través de ese miedo, uno o varios mensajes que incluyen la noción o idea de quién está realmente en control de determinada zona o circunscripción, o cuáles son las consecuencias de no someterse al grupo perpetrador a fin de ejercer presión psicológica en determinados actores; 3) El blanco de esos mensajes puede ser otro grupo criminal, puede ser la autoridad o sus fuerzas de seguridad, puede ser alguno o varios medios de comunicación, pueden ser ciertos sectores de una sociedad tales como los empresarios u organizaciones sociales, puede ser la sociedad en su conjunto, o bien, puede ser una combinación de los blancos mencionados. Por último y como consecuencia de lo anterior, 4) Hay una serie de efectos psicosociales, los cuales hasta 2011 se encontraban vastamente inexplorados, que son inducidos por estos actos premeditados, y/o son el resultado de otra serie de hechos de violencia en el país (o bien, de la combinación de ambas cosas). De acuerdo con la información que hasta ese momento teníamos, las personas estaban mostrando afectaciones importantes en sus actitudes, sus opiniones y en sus conductas. Había, efectivamente, estudios que señalaban la alta inseguridad que la gente estaba sintiendo. Pero hacía falta una mayor profundidad en cuanto a este tipo de percepciones y los efectos que ocasionaban.
9. Es por eso que, a fines del 2011, efectuamos un primer estudio exploratorio acerca de síntomas sugerentes de Trastorno por Estrés Post Traumático conectados con la violencia asociada al crimen organizado. En el libro que publicamos hacia 2019 detallamos los resultados de ese estudio y otros muchos que efectuamos toda la década pasada. Ese tema, el del estrés colectivo, se volvió uno de los objetivos centrales de continuar estudiando el fenómeno durante los años que siguieron. Más adelante compartiré elementos adicionales al respecto.
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