Una de las tesis que más se han esgrimido últimamente es que quienes abogamos por el derecho internacional —por ese conjunto de reglas que norman las relaciones entre los Estados soberanos del orbe— somos ingenuos e inocentes. Si condenamos la captura de un jefe de Estado —sí, criminal, sí, odioso, sí ilegítimo, sí ilegal— por parte de EE. UU. en una acción unilateral, sin aprobación legislativa, en contra de todos los tratados y convenciones internacionales habidas y por haber; es porque no entendemos cómo opera y, más aún, se maneja el mundo hoy.

Me cuesta trabajo justificar lo contrario. A los “realistas” les impresiona la ignorancia de nosotros —los que alegamos que el derecho internacional tiene su razón de ser— hacia el poder real, hacia cómo se vive y se ejerce la real poliltik en la esfera internacional. La expresión merece comentario. Porque, por un lado, si todo se trata de poder; entonces no hay nada que analizar: simplemente calculemos el tamaño del daño que puede infligir una nación a otra, ya sea por medio de las armas o de la economía, y eso dará una métrica de quién es quién en el terreno internacional. Elevemos eso a norma —es decir, al deber ser— y no sólo es que de facto unas naciones tienen más poder que otras, sino que, porque lo tienen, lo deben tener. Y ya está. Aunque se caiga en la famosa falacia naturalista de Hume —no porque así sea, así debe ser; de premisas fácticas uno no puede llegar a una conclusión normativa—, no importa porque así es el mundo. Como dice Carlos Peña: es el equivalente a educar a los niños bajo la máxima “si quieres, puedes; si te es posible hacerlo es correcto que lo hagas”.

Por el otro lado, se olvida otra dimensión fundamental del derecho. El derecho no atiende sólo las consecuencias, sino que da también razones para actuar conforme al deber. Es decir, “el derecho, o más ampliamente las reglas, son guías para la acción, responden a la pregunta de cómo debemos comportarnos y prevén consecuencias para el caso que la conducta prevista en ellas no se ejecute”. Por tanto, el derecho no sólo establece qué pasa —las consecuencias— de actuar en contra de él, sino que, al crearse, al ser aprobado por un cuerpo legislativo y convertirse en norma, también se erige como criterio evaluativo de nuestra conducta. Es así como, al margen de hablar de moralidad o inmoralidad, podemos decir que un acto es correcto o incorrecto. Si contraviene una norma, podemos decir que es incorrecto y, claro, ilegal.

Entonces, decir que el derecho internacional no es más que un conjunto de buenas intenciones, de una dosis de buena fe en un mundo de demonios, un árbol que da moras en medio de un bosque en llamas, es una imagen distorsionada e incompleta de su función. Un fresco así sólo retrata su dimensión de eficacia, ignorando la otra: su dimensión evaluativa, la que erige al derecho internacional también como criterio de corrección frente a la acción de los agentes estatales.

Por esto sabemos algo con certeza: tanto Maduro como Trump han actuado mal, y aunque en ambos casos el derecho internacional no se emplee como medio para corregir las consecuencias, sí nos da criterios para calificar ambas conductas.

@MartinVivanco

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