De acuerdo con la Ley Ambiental de Protección a la Tierra de la Ciudad de México, las Áreas de Valor Ambiental (AVA´s) son áreas verdes en donde los ambientes originales han sido modificados por las actividades del ser humano y por lo tanto, requieren ser restauradas o preservadas, pues siguen siendo un reservorio para la biodiversidad de flora y fauna que aún habita la Ciudad, aportando servicios ambientales como es la captación e infiltración de agua al acuífero, la regulación de microclimas, la conservación de ciclos hidrológicos, el amortiguamiento sonoro, la captura de carbono o simplemente por su belleza y por ser zonas para el esparcimiento.

La figura de las AVA´s fueron creadas en la ley para ofrecer una protección legal adicional o más fuerte a la protección con la que suele contar cualquier otra área verde. La protección adicional consiste en la emisión de un decreto que limita el destino que se le pueden dar a estos terrenos, toda vez que prohíbe realizar construcciones y cambiar el uso de suelo a habitacional, comercial o cualquier otro que no vaya acorde con los objetivos de conservación, restauración, rehabilitación o como zonas de educación y esparcimiento. Para ello, delimita un polígono o un área geográfica que estará sujeta a las reglas que impone la declaratoria de AVA y a un plan de manejo que dispone de reglas específicas de funcionamiento.

Las Áreas de Valor Ambiental están clasificadas en la Ley como Bosques Urbanos y Barrancas, es decir, se trata de territorios que se encuentran dentro del área urbana de la Ciudad y requieren ser conservados. Estamos hablando de bosques como el de Chapultepec, el Bosque de Nativitas, el Bosque de San Juan de Aragón, así como de 29 barrancas que son depresiones geográficas, que han servido principalmente para captar y encausar el escurrimiento de precipitaciones pluviales.

Por su ubicación, estos bosques y barrancas, suelen ser objeto de invasiones y afectaciones, ya sea por asentamientos humanos precarios e ilegales, que se ponen en riesgo al establecerse en las laderas de las barrancas donde pueden ocurrir escurrimientos y derrumbes, así como por apropiaciones ilícitas de inmobiliarias o particulares que extienden sus jardines, albercas o propiedades hacia la barranca como ocurre en Cuajimalpa y Miguel Hidalgo. También, las barrancas suelen ser sitios donde se arroja toda clase de residuos, especialmente residuos de la construcción como el cascajo, por lo que requieren supervisión y programas de intervención y rehabilitación constante por parte de las autoridades ambientales.

En lo que va de este gobierno, dos sitios que suman 212 hectáreas se añadieron a la lista de áreas verdes que cuentan con esta categoría de protección especial. El primero de ellos es el Área de Valor Ambiental con categoría de Bosque Urbano denominado “Canal Nacional” que cuenta con una extensión de 32.32 hectáreas entre las Alcaldías de Coyoacán e Iztapalapa. Con la emisión de dicho decreto, quedaron prohibidos los usos y destinos de suelo de vivienda, industria y agricultura y solo se podrán realizar actividades tendientes a la conservación de los ecosistemas, restauración ecológica, mantenimiento de áreas verdes, así como de monumentos históricos, reforestación, mantenimiento de plantaciones y obras de captación de agua pluvial, entre otras actividades para la conservación.

El segundo territorio que obtuvo la protección especial como AVA fue la incorporación de la cuarta sección del Bosque de Chapultepec a la declaratoria de Área de Valor Ambiental con la que ya contaban las otras tres secciones del principal pulmón de la capital del país. Con esta incorporación, se añadieron 180 hectáreas localizadas en la alcaldía Álvaro Obregón y se prohíben la construcción de vivienda e industrias, así como los cambios de usos de suelo.

La figura jurídica de las Áreas de Valor Ambiental ha sido un instrumento muy importante para impedir que la codiciada ubicación de bosques y barrancas, pueda ser objeto de especulación inmobiliaria o de asentamientos humanos irregulares, así como de daños o afectaciones irreparables para estos sitios. Desde luego que las AVA´s requieren de un monitoreo e incluso procedimientos administrativos y complejos litigios con particulares para para restaurar los daños a estas áreas. No obstante, siempre es una buena noticia que más hectáreas se incorporen a dicha protección especial a fin de conservar nuestras últimas áreas verdes dentro de la gran mancha urbana.

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