El pasado 1 de julio entró en vigor el T-MEC. Ello implica para México retos y oportunidades, pero en principio está lejos de ser el inicio de una luna de miel con nuestros socios comerciales.

Autoridades norteamericanas ya han advertido que van a aprovechar el tratado para forzar a México a cumplir sus promesas en materia laboral, medioambiental, de propiedad industrial y de biotecnológicos. En este sentido, por lo que se refiere al tema laboral, el tratado tendrá un impacto muy relevante en la implementación de la reforma aprobada en el 2019 y las nuevas relaciones sindicales en México.

Una de las condiciones que pusieron Estados Unidos y Canadá para la firma del T-MEC fue la modificación de nuestra legislación en materia del trabajo a fin de que se incorporaran los principios de justicia laboral consagrados en la reforma constitucional de 2018. La lógica de dicha reforma para nuestros aliados comerciales, era generar condiciones laborales más justas que lleven a mejorar los salarios en nuestro país y en consecuencia, a reducir la diferencia salarial existente entre trabajadores mexicanos y los norteamericanos y canadienses en industrias en las que ese factor nos hace más competitivos, como por ejemplo, el sector de manufactura.

Esta reforma laboral se llevó a cabo en julio del 2019 y tiene tres componentes: 1) la democracia sindical y libertad de negociación colectiva, 2) la defensa de los derechos humanos laborales como son la equidad de género y la no discriminación, la lucha contra la violencia, el acoso, el trabajo forzado y el trabajo infantil y 3) la impartición de la justicia laboral por el Poder Judicial de la Federación.

Con ello se busca crear una nueva cultura laboral en el que los trabajadores y sus líderes verdaderamente se preocupen por la defensa de sus empleos y el acceso al bienestar a través de éstos. Dicha cultura es fundamental para que nuestra competitividad esté sustentada en el incremento de la productividad, y sea compatible con una auténtica representación sindical, una mejor distribución del ingreso y con los compromisos internacionales en materia de derechos humanos y equidad de género que hemos asumido.

En lo que se refiere a este último aspecto, el marco legal mexicano ha evolucionado a partir de la reforma e incorpora toda una veta que promueve la inclusión y la equidad de género en el ámbito laboral y fomenta la construcción de un entorno de respeto a los derechos humanos, comprometido con la no discriminación y con la erradicación del trabajo infantil. Asimismo, prevé expresamente la prohibición de la violencia, acoso y hostigamiento en los centros de trabajo y para prevenir y atender los casos obliga a los patrones a la adopción de protocolos y se establece expresamente la obligación de los sindicatos de garantizar la representación proporcional por razón de género en las directivas sindicales.

Estas disposiciones legales ya son vigentes y los distintos actores, patrones, sindicatos y autoridades, están obligados a acatarlas. La entrada en vigor del T-MEC conlleva aparejada la posibilidad de que las autoridades de los otros países miembros vigilen celosamente el cumplimiento por parte de las industrias exportadoras de la normatividad en materia laboral en general, y específicamente de los cambios legislativos que nos fueron impuestos como condición para que dicho tratado fuera ratificado, y que impongan sanciones que pueden ir desde aranceles por empresa o industria hasta la prohibición de comercio con empresas de EEUU en terceros países. Por ello la necesidad de trazar una ruta crítica y emprender a la brevedad acciones concretas encaminadas al cumplimiento de la reforma laboral.

@lialimon
Consultora y abogada

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