¿Por qué tenemos que pagar contribuciones? Porque vivimos en sociedad. Es la respuesta más simple y, al mismo tiempo, la única.
Desde Hobbes hasta Rousseau, desde la Carta Magna de 1215 hasta la Constitución de la República de Gabón de 2024, la obligación tributaria descansa sobre un principio elemental: el ser humano vive en sociedad, y vivir en sociedad implica construir bienes comunes.
Las personas humanas nacemos en comunidades políticas, de las que heredamos instituciones, infraestructura, lenguaje, un orden jurídico que protege la vida y el patrimonio de cada quien… Contribuir al sostenimiento de ese andamiaje colectivo no es un castigo, es la condición necesaria para la libertad individual.
La obligación de contribuir no nace del mero contrato social, sino de un deber objetivo fundado en la interdependencia social. La sociedad no es una suma de átomos autónomos; es un tejido de relaciones recíprocas en el que el devenir de cada uno depende de la existencia misma de todos los seres sociales.
De ahí se deriva el principio redistributivo. Si la capacidad económica es desigual, la justicia exige que quienes más tienen contribuyan proporcionalmente más. Adam Smith lo estableció en 1776; Rawls lo fundamentó con el velo de ignorancia: las desigualdades solo son tolerables si benefician a los menos aventajados. Piketty demostró que, cuando el rendimiento del capital supera al crecimiento económico, la concentración de riqueza se vuelve inexorable.
La tributación progresiva no puede quedar en la generosa voluntad; es el mecanismo civilizado para impedir que la riqueza heredada devore las oportunidades de crecimiento económico. Nuestra Constitución lo recoge en el artículo 31, fracción IV, al exigir contribuciones proporcionales y equitativas.
Esos recursos financian lo que el mercado no puede ni tiene por qué proveer. La teoría económica los llama bienes públicos: defensa, justicia, seguridad, infraestructura. Nuestra Constitución los establece en sus artículos 3o., 4o., 27 y 123: bienes colectivos que son derechos sociales: educación, salud, vivienda, seguridad social, medio ambiente sano. Sin recaudación, son letra muerta.
Existe, además, un principio que la era neoliberal oscureció: el interés colectivo. No se trata de anular derechos individuales, sino de reconocer que la propiedad obliga, que la libertad económica tiene límites sociales y que los problemas compartidos exigen soluciones compartidas.
El Constituyente de Querétaro entendió que una república que no subordina el interés particular al bien común no es una república. Por eso el proyecto de Venustiano Carranza de la redacción del artículo 31 (obligaciones de “los mexicanos”), fracción IV (“contribuir con los gastos públicos”), no tuvo debate. Hasta para los diputados más liberales, que esa contribución debía ser “proporcional y equitativa” no admitía discusión.
La era neoliberal quiso convertir al Estado en un competidor más de la competencia económica, despojándolo de su razón de ser de operador institucional del interés colectivo, único capaz de subordinar los intereses particulares al bien general.
Las consecuencias están a la vista. Cuando el Estado se encoge, la educación, la salud, la vivienda se convierten en mercancías que sólo algunos pueden comprar. Se destruye el tejido social.
Pagar impuestos no es un mal necesario. Es una de las principales muestras de civilización. Es reconocer que la libertad individual solo florece en el suelo de la solidaridad colectiva.
FE DE ERRATAS: En el artículo del 15 de febrero pasado, titulado “La traición a la hora de las transformaciones”, en el antepenúltimo párrafo debía decir “1857” en vez de “1957”.

