La Organización de las Naciones Unidas acaba de aprobar la primera Resolución sobre Inteligencia Artificial (IA), con el objetivo de guiar su desarrollo y prevenir su uso malicioso.

Se trata de una resolución no vinculante, dado que no tiene aún carácter normativo, respaldada por 122 países, cuyo objetivo principal es fortalecer las políticas de privacidad, a través de la protección de datos personales y el monitoreo de riesgos en la tecnología, que parte del reconocimiento de que la IA puede utilizarse para perturbar procesos democráticos, impulsar el fraude o provocar pérdidas dramáticas de empleo.

Cabe destacar que no contamos en el mundo con ningún tratado que regule el uso del Internet, aun cuando se trata del medio que ha hecho posible la mayor red de información, comunicación y comercio en la historia de la humanidad.

Uno de los grandes atractivos del Internet ha sido la libertad para crear aplicaciones y para utilizarlas, así como para comunicarnos, difundir información y los instrumentos mismos y los productos creados en éstos, muchos de los cuales en principio tienen carácter colaborativo, más que fines de lucro.

Sin embargo, agentes corporativos y personas físicas, de manera legal o ilegal, han pervertido algunos de esos esfuerzos creativos para un uso abusivo.

Las redes sociales han pasado de magníficos instrumentos de comunicación e información a costosos acervos de datos personales cuya administración se vende para promover toda clase de artículos, hasta candidatos a puestos de elección popular.

En casos extremos, agentes de la delincuencia organizada se han surtido de información de perfiles o contactos directos de las redes sociales o videojuegos vía internet para cometer ilícitos relacionados con la trata de personas, fundamentalmente.

¿Cómo resguardar las enormes ventajas que pueden brindar las aplicaciones y herramientas que se pueden utilizar vía internet evitando o sancionando rápidamente su uso indebido?

La Unión Europea ya ha avanzado hacia allá, con la aprobación de la Ley de Inteligencia Artificial apenas el 13 de marzo pasado, que regula medidas en función de una clasificación de sistemas y aplicaciones informáticos que generan tres tipos de riesgos: riesgo inaceptable (bajo sistemas de puntaje de las personas), alto riesgo (sujetas a requisitos de ley) y riesgo no regulado.

Algunos países, como Brasil, también han avanzado en la generación de un marco regulatorio de la IA. De manera más sencilla, otros países han ido directamente a regular las conductas indeseables en las plataformas digitales. En América Latina, Argentina, Brasil, Perú, República Dominicana y Venezuela contienen sanciones penales para proteger a las personas y sus bienes de algunos abusos vía Internet.

Hace unos días, a invitación de los senadores Sergio Pérez Flores y Rafael Espino de la Peña, platicaba con la comunidad de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos de la iniciativa que ambos senadores presentaron relacionada con la ciberseguridad.

La propuesta plantea concentrar, y ampliar, en una ley especial el catálogo de delitos relacionados con la seguridad digital, que serían combatidos conforme a una Estrategia Nacional de Ciberseguridad, bajo la coordinación de una Comisión Nacional de Ciberseguridad, presidida por la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.

Si consideramos que, de acuerdo con el Inegi, en México 93.1 millones de personas somo usuarias de Internet, es indispensable su pronta regulación.

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