Desde 1988, el 30 de marzo se conmemora el Día internacional de las Trabajadoras del Hogar, a raíz del Primer Encuentro Latinoamericano y del Caribe de Trabajadoras del Hogar, realizado en Bogotá, Colombia. En el ámbito internacional, el 16 de junio ha sido determinado Día Internacional de las Trabajadoras y Trabajadores Domésticos, por haberse adoptado ese día de 2011 el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo. En México, de acuerdo con la Secretaría de Economía, 1.84 millones de personas, de un promedio de 46 años de edad y 7.6 años de escolaridad, se ocupa en el trabajo doméstico remunerado; 96.6% son mujeres y 3.4% hombres. Al mes ganan 4,130 pesos, en promedio; 96.3% trabajan de manera informal. Para el 6.8%, se trata de su segundo empleo.

Según el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), en 2023, 71.3% de las mujeres empleadas en el hogar no recibía prestaciones laborales y sólo 2.5%tenía acceso a instituciones de salud y otras prestaciones.

En los indicadores del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), en febrero de 2026 aparecen 59,017 puestos afiliados de personas trabajadoras del hogar: 38,643 correspondientes a mujeres y 20,374 a hombres. El salario diario promedio reportado es de 447.70 pesos para mujeres y 581.70 pesos para hombres.

El Inegi, a través de su Cuenta Satélite del Trabajo No Remunerado de los Hogares estima que en 2024 las labores domésticas y de cuidados equivalieron a 8 billones de pesos: 23.9% del PIB. En promedio, las mujeres aportaron, por persona, 82,339 pesos; los hombres, 34,695 pesos.

El Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) agrega que, en 2022, 4.3% de las mujeres trabajadoras del hogar en forma remunerada de 18 años y más eran analfabetas; 7.4% hablaban alguna lengua indígena; 97.3% no tenían contrato escrito; 92% no recibían pago o apoyo para seguro social o médico, y 88.1% no contaban con prestaciones como aguinaldo o vacaciones pagadas. Además, 34.7% reportó haber sido discriminada o menospreciada, porcentaje que, entre personas hablantes de lengua indígena, subía a 36% y a 37.2% entre quienes se adscribían como personas indígenas.

En el “trabajo doméstico”, las instituciones públicas incluyen la limpieza de hogares, el lavado de ropa ajena, el cuidado de personas en hogares, la cocina en hogares particulares y el servicio de chofer u operador en hogares. Desafortunadamente, estas actividades hacen más difícil ubicar las características que tiene particularmente en las mujeres.

La Ley Federal del Trabajo (LFT) en su capítulo XII, “personas trabajadoras del hogar”, artículos 331 al 343, estableció la equiparación de derechos laborales y el acceso a seguridad social, a través de la creación de condiciones específicas para trabajadoras de planta. Sin embargo, su aplicación es muy difícil aplicación porque depende absolutamente de la buena voluntad de la parte patronal y es prácticamente imposible su vigilancia.

Las trabajadoras domésticas forman un grupo de personas cuyas condiciones sociales representa una suma de vulnerabilidades de urgente atención: las estadísticas nacionales muestran que es un trabajo socialmente devaluado, con una informalidad superior al resto de actividades económicas, que es realizado fundamentalmente por mujeres migrantes internas, indígenas, con baja escolaridad, ausencia de protecciones sociales y laborales y aislamiento social. Estas condiciones las vuelven víctimas frecuentes de discriminación y otros abusos, incluso graves. Aunado a lo anterior, la ausencia de protección social vuelve crónica la vulnerabilidad, por la inexistencia de previsiones para un retiro o jubilación.

Urge la solidaridad social e institucional para las personas trabajadoras del hogar.

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