Esta es la pregunta que Julio Ríos lanza respecto a la propuesta de reforma al Poder Judicial Federal (PJF), pendiente de discusión en el Congreso General. La pregunta queda plasmada en un reporte, del mismo nombre, publicado por Mexicanos Unidos contra la Corrupción y la Impunidad. Es un texto de consulta obligada para los interesados en la propuesta legislativa.

Ríos plantea que el fortalecimiento a la carrera judicial y el combate al nepotismo son dos aspectos positivos de la iniciativa. Por primera vez, se regularían todas las etapas de la carrera judicial en una ley que premie el mérito. Existiría además, una escuela especializada en organizar los concursos de oposición y diseñar los métodos de evaluación, entre otras cosas. En relación con el tema del nepotismo al interior del PJF, la propuesta plantea llevar a nivel de ley el plan presentado para este propósito por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, el 4 de diciembre de 2019. La aspiración es desintegrar redes familiares, a través de la creación de un padrón de funcionarios y sancionando las contrataciones directas e indirectas de personas emparentadas hasta en quinto grado.

Al lado de los aciertos de la propuesta legislativa, existen desventajas que se alertan en el reporte. El aspecto más preocupante consiste en una concentración de poder en la cúpula del PJF. Por ejemplo, el documento cuestiona que la propuesta mantenga la discrecionalidad que tiene hoy la Suprema Corte para administrar sus propios recursos. Este es un tema sensible. Muchos observadores de nuestro PJF han iluminado el abuso en el uso de recursos presupuestales en la Corte. Sobre este tema, Ríos sugiere que el control debería ejercerlo el Consejo de la Judicatura, algo que está ausente en la propuesta y que mantiene los riesgos de derroche de recursos en nuestro más alto tribunal.

Respecto del Consejo de la Judicatura, Ríos analiza como las nuevas atribuciones relacionadas con el nombramiento y adscripción de funcionarios judiciales, que pueden ser positivas, no van acompañadas de controles que garanticen el buen uso de estas nuevas facultades.

Así, el principal riesgo de la reforma es la limitación excesiva de la independencia judicial interna. Vistas en su conjunto, más atribuciones y más poder en ausencia de mecanismos de rendición de cuentas, generan, para Ríos, dos grandes riesgos. Por un lado, puede incrementarse la posibilidad de controlar las decisiones jurisdiccionales nacionales desde la cúpula. Esto es, la capacidad de influir en las decisiones de magistrados y jueces se puede lograr a través del cabildeo a Ministros y Consejeros. Pero algo más, la concentración de poder en un solo lugar, sigue Ríos, convierte al Poder Judicial Federal entero en presa fácil de otros poderes, formales o fácticos. La alerta aquí es que es posible controlar a la totalidad de la judicatura federal a partir de la cooptación de unos cuantos de sus miembros. Sería como imaginar un gran tesoro resguardado en una bóveda, bajo la vigilancia de unos cuantos cuidadores solitarios. Ante la cooptación de los guardianes, el botín se vuelve fácil de obtener.

¿Quién debe cuidar a los cuidadores? ¿A qué organismo deben rendirle cuentas? ¿Quién puede poner los controles y revisar que se cumplan sin limitar su independencia externa?

Queda pendiente discutir, a profundidad, la articulación de una opción que evite la desarticulación de nuestra justicia federal.

Investigadora en Justicia Penal.
@laydanegrete

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