Actualmente vivimos una emergencia sanitaria que conlleva un rediseño de políticas institucionales e implica un reto para las autoridades del Estado Mexicano, quienes en los respectivos ámbitos competenciales, tenemos el deber de hacer cumplir las obligaciones convencionales, constitucionales y reglamentarías en materia de derechos humanos, a pesar del entorno de salud pública que vivimos como nación.

La protección de datos personales y el derecho a la privacidad en tiempos del COVID-19 requiere establecer límites para divulgar o pedir información sobre el estado de salud de las personas, a fin de que no impliquen una invasión a su esfera privada, por lo que es trascendental implementar políticas sanitarias de prevención, detección y contención; por ello, en el supuesto de que su transferencia sea necesaria para la prevención o el diagnóstico o tratamiento médico, la asistencia o gestión de servicios sanitarios, dichos fines deben ser debidamente acreditados.

A nivel internacional, órganos garantes similares al nuestro han implementado medidas sobre el derecho a la protección de datos personales. La autoridad italiana emitió un comunicado en el que se señaló que la investigación y recopilación de información sobre los síntomas del COVID-19 son responsabilidad de los profesionales de la salud y del sistema de protección civil; por su parte, la Agencia Española de Protección de Datos publicó un informe3 sobre la adopción de decisiones necesarias para salvaguardar los intereses vitales de las personas e intereses esenciales en el ámbito de la salud pública.

En este contexto el INFO como órgano garante del derecho de acceso a la información pública y la protección de datos personales de la Ciudad de México, ha desarrollado acciones y recomendaciones ante la contingencia, toda vez que si bien es importante detectar a las personas contagiadas de COVID-19 para contener su propagación, no podemos dejar de lado el tratamiento de los datos personales, en tanto que éstos son datos sensibles por referirse al estado de salud de las personas, por lo que las autoridades deben resguardarlos con un nivel de seguridad alto y sólo deben recabar los necesarios para implementar las medidas de prevención y a la vez garantizar que se protejan y traten adecuadamente.

Por tales razones, si bien aprobamos un Acuerdo mediante el cual se suspendieron plazos y términos para las solicitudes de información y medios de impugnación, también se dejó una excepción que señala que el Instituto atenderá casos de carácter urgente relacionados con la contingencia derivada del COVID-19.

No omito señalar que al interior del Instituto se tomaron las medidas preventivas para cuidar tanto a visitantes como al personal que colabora con nosotros, implementando el trabajo a distancia, lo cual permite que este órgano garante continúe con el cumplimiento de sus obligaciones.

Hoy, tanto instituciones como sociedad necesitamos de una coordinación estrecha y responsable que permita fortalecer la protección de los datos personales.

México está en pie, y con la participación de todas y todos saldremos adelante.


Comisionado Presidente del INFO

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