La Unidad de Administración y Finanzas de la Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación (SECIHTI) recibió el 28 de noviembre la memoria de cálculo dictaminada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) para el Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropología Social (CIESAS); dicho dictamen establece un parámetro para calcular y distribuir los recursos públicos en los diversos compromisos contractuales ratificados en el Contrato Colectivo de Trabajo firmado entre CIESAS y el SUTCIESAS. Si bien cada negociación salarial y contractual la SHCP establece límites, en esta ocasión se extralimitó y pone en riesgo las prestaciones laborales del CIESAS.
El dictamen de la SHCP difiere de lo acordado y presenta un remanente de $909,289.18, lo que el Sindicato denuncia como la “mayor afectación a las prestaciones”. Específicamente, se afectan las siguientes: días económicos no disfrutados; gratificación por jubilación; ayuda para compra de útiles escolares; ayuda para la compra de lentes; ayuda para transporte; apoyo para concluir estudios formales; y pago por estímulos de capacitación. Por ejemplo, el dictamen establece una disminución de hasta 37% en la prestación denominada “Pago por estímulo por cursos de capacitación” (Cláusula 65 del CCT).
Adicionalmente, el Departamento de Recursos Humanos del CIESAS especifica las consecuencias del dictamen: a) la memoria de cálculo no corresponde a lo acordado y autorizado en la negociación bilateral entre el Sindicato y el Centro; b) la SHCP señala que de no aceptar y formalizar el dictamen, no se pagará el retroactivo de 2025; c) toda inconformidad ante la SECIHTI podría retrasar o detener el pago.
La propuesta de la SHCP viola los acuerdos bilaterales entre el CIESAS y el SUTCIESAS, condiciona el pago retroactivo a la aceptación de un convenio que lacera los derechos laborales de las y los trabajadores del CIESAS y sienta un precedente para la lucha laboral dentro del sector de ciencia y tecnología.
La coyuntura que actualmente vive el CIESAS debe enseñarnos: a) la prioridad está en la defensa de la bilateralidad en la negociación contractual entre el CIESAS y el SUTCIESAS; b) la obligación del CIESAS de respetar lo firmado y cumplir con el pago de prestaciones; c) la responsabilidad de la SECIHTI de defender el presupuesto adecuado para el funcionamiento administrativo y académico de los Centros Públicos de Investigación; d) este panorama de intervención hacendaria y presión administrativa puede reproducirse en los otros 25 Centros Públicos de Investigación que coordina la SECIHTI; e) la necesidad de una protesta firme a la intervención presupuestal y administrativa por parte de la SHCP que invisibiliza los acuerdos bilaterales entre el CIESAS y el SUTCIESAS.
No hay Humanismo Mexicano, si hay amenazas presupuestales, presión administrativa y sin derechos laborales.
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