Ante la necesidad de refundar la justicia independiente, imparcial y expedita, con contenido ético y con la rendición de cuentas a la sociedad de forma eficaz, se han aprobado las reformas constitucionales en materia judicial por el Congreso de la Unión y 18 Legislaturas locales, como lo decretó la Cámara de Diputados el pasado 23 de febrero y una vez publicadas por Ejecutivo Federal estarán vigentes.

Las reformas constitucionales centradas al sistema de justicia federal detonarán los cambios en el Poder Judicial de la Federación, como la institución responsable y clave de llevarlos a cabo. Dentro de los múltiples retos que deberá cumplir el Máximo Tribunal de Justicia de la Nación, podemos destacar.

1. Como tribunal constitucional deberá interpretar y defender con imparcialidad, autonomía y eficacia los derechos humanos ante la violación diaria que se viven, así como a las instituciones previstas en la Constitución. Sobre todo, en los tiempos presentes cuando la sociedad mexicana vive con mayor intensidad las crisis económicas recurrentes, la pandemia (Covid-19), la astringencia de recursos, el crecimiento de la brecha entre pobreza y riqueza. Con las injusticias que ello conlleva. Sin acceso a la justicia de las mayorías, así como a la justicia independiente, a la justicia imparcial y a la justicia expedita.

2. El resolver los embates contra el sistema democrático ante decisiones contrarias al régimen jurídico y político previsto, en el sistema constitucional, convencional y legal.

3. En el plano de la función judicial del Estado Mexicano, el Poder Judicial de la Federación deberá fortalecer la capacidad de decidir y accionar de forma independiente para la impartición de la justicia con respecto a los otros poderes: legislativo y ejecutivo, conforme a lo mandatado por nuestra Carta Magna. Establecer límites y vínculos para que su ejercicio sea democrático; fijar las disposiciones a que debe someterse y sujetar a los demás poderes y a las personas de las decisiones adoptadas para que no sean arbitrarias e irresponsables, o incurran en el libre albedrío en sus actos que afecten los derechos humanos, vulnere el sistema constitucional y al interés público.

4. El reacomodar y reencauzar la administración de justicia con la profesionalización de la carrera judicial de los servidores públicos judiciales. Garantizada por la legalidad, por la Escuela Judicial autónoma, imparcial, que corrija desigualdades, incluya la paridad de género y de personas de grupos sociales en condiciones de situación de vulnerabilidad en igualdad de oportunidades.

Asimismo, excluya las prácticas de influir en las designaciones de los nombramientos, promoción, permanencia y retiro del personal judicial por los titulares de los órganos jurisdiccionales. Esto podría darse con controles por órganos evaluadores externos dictaminadores en los concursos de oposición a fin de corregir las malas experiencias del ingreso sustentado en el nepotismo, amiguismo, compadrazgo o padrinazgo.

5. El combate efectivo a la corrupción ante el quebranto generado por tal fenómeno producido en el modelo del sistema de justicia federal. En el escenario del Poder Judicial de la Federación, se destaca, en los últimos años, la corrupción dada por jueces y magistrados. Por ejemplo, en el año de 2018, quince jueces de distrito fueron destituidos por casos de corrupción, así como 36 magistrados y 49 jueces de distrito sancionados por irregularidades cometidas. De ahí, la necesidad de recuperar la confianza de la sociedad con los juzgadores que tienen la delicada tarea y responsabilidad de impartir justicia.

6. Superar los rezagos en la resolución de asuntos que se encuentran en sustanciación a fin de garantizar la tutela judicial efectiva y la justicia pronta y expedita prevista en el artículo 17 de la Constitución Federal. Esto constituye otro atolladero al patrón de justicia que ha provocado redefinir el modelo para garantizar la impartición de justicia. En este sentido, se ha tratado de mejorar la gobernación de la justicia, en el ámbito del Poder Judicial de la Federación, con la implementación de los juicios en línea o justicia digital, desde el mes de junio de 2020. Ello constituye un avance importante en esta materia.

En suma, las próximas modificaciones constitucionales en materia judicial están en juego. Esto, alude a modificar el modelo de sistema de justicia vigente. Habrá que esperar los resultados que sin duda implican diversos retos para el Poder Judicial de la Federación en la impartición de justicia.

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