En estos días se ha repetido mucho que las ministras y los ministros deben bajarse el sueldo. Eso fue motivo de una comunicación entre la secretaria de gobernación y la Suprema Corte. Ya se presentó una iniciativa de reforma constitucional para que se haga efectivo ese mandato, pues existe un problema constitucional. Vamos a analizarlo.

La Constitución ciertamente indica que ningún servidor público puede tener una remuneración superior a la del presidente de la República (art. 127). Se ha hablado mucho de que la remuneración presidencial comprende más elementos que el salario. No quiero entrar en ese debate. Solo me quedo con que existe una prohibición de superar la remuneración del presidente. Por otra parte, la Constitución dispone que no se le puede disminuir la remuneración de los juzgadores federales durante su encargo (art. 94).

Si las ministras y los ministros se bajan el sueldo, se violaría el artículo 94 constitucional. Eso es claro. Pero también es claro que, si no lo hacen, y ganan más que el presidente, violan el artículo 127 constitucional.

Así pues, parecería que, si se cumple con un precepto constitucional, se incumple con otro. Es un dilema. Parece que debe elegirse qué norma quebrantar. El presidente querrá que sea el 94. Los ministros que el 127. Aparentemente es un callejón sin salida.

Sin embargo, me parece que no existe este dilema. La Constitución pone un piso y un techo. El piso es la remuneración de los ministros, pues no puede disminuirse, no puede irse más abajo. El techo es la remuneración presidencial, pues no puede superarse.

El techo no puede estar a la altura del piso. Tiene que estar más arriba. Por tanto, puede desprenderse una regla constitucional: el presidente tiene la obligación de tener una remuneración más alta que la que corresponda a los ministros. Si lo vemos así, no existe una colisión entre reglas constitucionales. Es posible una lectura armónica, que evite el conflicto constitucional, si entendemos que el presidente tiene la obligación de ganar más que los ministros.

El problema no es de contradicción de normas, sino fáctico. Si atendiendo a la regla que se desprende de la Constitución el presidente no se hubiera bajado el sueldo, no existiría contrariedad alguna.

Ahora, aunque no exista un conflicto jurídico, como lo he expuesto, subsiste un gran problema ético: ¿es correcto que el presidente gane una cantidad alta con un pueblo pobre? No me voy a meter a analizar esa cuestión, que rebasa mi ámbito. Simplemente señalo que no se puede desdeñar ese aspecto, y tiene que analizarse objetivamente, sin politiquerías, porque es algo muy serio.

Investigador de la Universidad Panamericana

@ChemaSoberanes

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