David Colmenares se doblegó o se equivocó, eso no importa. Lo relevante es la preminencia de “los otros datos” sobre los órganos autónomos como la Auditoría Superior de la Federación y el desmoronamiento del ejercicio de rendición de cuentas.

La autonomía es una forma de división de poderes, ya que supone la distribución de funciones más allá de las tradicionales y de los órganos soberanos encargados de realizarlos. Por tanto, cada órgano autónomo se constituye en torno a una atribución y del área de competencia que se genera alrededor de ellos.

Sin embargo, los órganos autónomos no están subordinados y no dependen de los órganos tradicionales, lo que implica una situación de independencia relativa. Están en estrecha relación con los que colaboran, ante los que rinden cuentan y a cuyo control están sujetos. Por ello, la autonomía no supone separación o independencia absoluta respecto de los órganos soberanos.

Ahora, los órganos constitucionales autónomos pueden serlo en distintos grados, según se observen sus diferentes dimensiones constitutivas. El hecho de ser establecidos por la Constitución, con independencia de los otros poderes del Estado genera la autonomía orgánica y funcional. El establecimiento puntual de atribuciones de autonomía técnica y la capacidad de regularse a sí mismos determina la autonomía normativa.

Asimismo, la posibilidad de establecer sus necesidades presupuestales y administrativas genera la autonomía financiera y administrativa mientras el establecimiento de un sistema detallado de relaciones y de controles que la relacionen con otros órganos gubernamentales definen a la autonomía plena.

En el otro extremo aparecen los órganos que sólo presentan algunos de estos atributos pero que aún así poseen rango constitucional. Éstos son denominados órganos de relevancia constitucional, ya que se encuentran en un espacio intermedio entre los órganos autónomos y los entes públicos federales.

En términos simples y meramente pragmáticos, los órganos autónomos sirven de contrapeso a las acciones y decisiones de un solo poder. Se especializan en áreas fundamentales de las políticas públicas y logran transparentar acciones que no serían posibles donde imperan las jerarquías lineales y absolutas.

El caso Colmenares es lamentable. El sobrecosto de 331,996 millones de pesos por la cancelación del Nuevo Aeropuerto Internacional de México (NAIM) que detectó en su momento la ASF no sólo es un error de metodología en la contabilidad financiera (aritmética simple y llana), no sólo deja en entredicho a una de las últimas instituciones que quedaban para revisar el manejo del presupuesto federal y toda la credibilidad del presupuesto 2019 y 2020. La verdadera víctima de la cesión ante los “otros datos” es la autonomía de órganos e instituciones. Las víctima es la democracia y la credibilidad.

Es, sin duda, el fin de una mayor especialización, agilidad y transparencia de actuación y el preámbulo para doblegar al Instituto Nacional Electoral, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), al Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica (INEGI), la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), el Instituto Nacional de Evaluación de la Educación (INEE), el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales y la Fiscalía General de la República entre muchos otros.

Es, en fin, la preminencia de las mayorías declarativas de todos los extremos sobre la especialización y el rigor metodológico.

Director de Gobierno de Calidad y Rector del Colegio Jurista.

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