Esta semana arranca la fase operativa del registro de identidad de líneas telefónicas móviles, una medida incluida en la nueva Ley de Telecomunicaciones para reducir las extorsiones telefónicas y otros delitos cometidos desde el anonimato, aunque también va a forzar el avance hacia la “formalización” del padrón poblacional y la CURP biométrica. La lógica: si cada línea tiene un titular plenamente identificado, el margen de impunidad debería disminuir. Las autoridades de seguridad han reconocido que una parte relevante de las extorsiones se origina desde centros penitenciarios, donde la circulación ilegal de teléfonos móviles es un problema estructural. Aunque ayudará, este registro por sí solo no desarma redes criminales ni bloquea teléfonos en las cárceles.

Detalles del registro. A partir del 9 de enero y hasta el 29 de junio, todos los usuarios deberán validar su línea telefónica de forma presencial en centros de atención, o de manera remota mediante plataformas digitales que habilitarán los operadores. La finalidad es vincular cada número a un titular identificado; quien no lo haga en ese lapso, será desconectado.

Para la validación se requiere una identificación vigente: credencial del INE o pasaporte, la CURP biométrica también se menciona en la regulación, pero aún no la tenemos. Adicionalmente, en todos los casos, la CURP deberá validarse contra el Renapo.

Hay una importante ambigüedad: no queda claro si los operadores deberán validar la credencial del INE en la base de datos -con costo para ellos- o bastará con cotejar que la información coincida con la CURP. En el caso del pasaporte, no hay un sistema de validación conectado a la SRE.

Ahora bien, los menores de edad no podrán registrar su línea, así me lo confirmó la CRT, a quien siempre agradezco su apertura para responder: “serán los padres o tutores quienes deban figurar como titulares”. Y ese es otro tema para clarificar, el de titulares y usuarios, porque los Lineamientos mencionan que ambos sujetos pueden registrar indistintamente, con lo que no queda claro si ambos deberían acudir, si el titular puede registrar al usuario o si puede haber usuario sin titular.

Más grave es la situación de quienes no cuentan con ninguna identificación, ni siquiera acta de nacimiento. Para ellos, el resultado es contundente: si no validan su identidad, se quedarán sin línea el 30 de junio. No hay excepciones ni esquemas alternativos previstos. Esto debería evaluarse.

Sobre protección de datos, los lineamientos establecen un límite importante: los operadores tienen prohibido almacenar imágenes o copias de los documentos presentados. Solo podrán conservar datos mínimos como nombre, CURP o RFC, número de línea y resultado de la validación. Aun así, el volumen de información concentrada exige estándares de seguridad que deberán ser vigilados.

Me parece que, en un ejercicio de autocrítica y eficiencia, la CRT debería modificar los Lineamientos, o bien, aclarar oficialmente las imprecisiones para evitar interpretaciones que conducen a operadores y usuarios a la incertidumbre jurídica.

En la sobremesa

en el marco del Plan de Licitaciones de Espectro Radioeléctrico 2026, que será presentado este 9 de enero a las 11 horas. El fin es abrir espacios de diálogo técnico con industria, academia e instituciones de investigación sobre conectividad y uso eficiente del espectro. Las primeras mesas se celebrarán en CDMX y Querétaro. La asistencia puede ser presencial o virtual.

Abogada, presidenta de Observatel y comentarista de Radio Educación

X y Threads: @soyirenelevy

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