A todos los amables lectores les hago llegar mis mejores deseos para el año que está por comenzar. En el año que se esfuma fue delineándose la doctrina jurídico-constitucional del régimen, denominada Humanismo Mexicano, la cual ha implicado un giro gradual a la manera de un trasatlántico que no puede modificar instantáneamente su trayectoria. El impulso del neoliberalismo es tal, que el timón gubernativo debe rectificar el rumbo poco a poco, pero con firmeza. Esa reorientación marca la recuperación de la rectoría estatal sobre dos áreas estratégicas: el agua y la energía.

En mi libro más reciente: Hibridismo Constitucional, publicado por El Colegio de Veracruz y Tirant Lo Blanch, analizo la penetración que alcanzó el neoliberalismo en nuestro texto constitucional, provocando una coexistencia antinatural entre los dogmas neoliberales y los principios originales de la Constitución de 1917 fundada en la preeminencia del interés general sobre el particular; la del Estado sobre el mercado; la del nacionalismo sobre las influencias extranjeras y la del laicismo sobre el clericalismo.

Respecto del agua y la energía las llamadas “reformas estructurales” promovían dejar que el mercado gestionara el acceso a las fuentes energéticas, la generación de energía eléctrica y el abastecimiento de agua. Se quería eliminar al Estado como agente económico en la explotación de estos recursos, obligándolo a participar como un particular más en el mercado de bienes que por su naturaleza deben ser ajenos a la apropiación por parte de personas privadas y administrarse con el carácter de servicios públicos a través de empresas públicas, cuyo objetivo debe ser distinto del lucro privado.

El agua es el recurso más valioso que existe; de él depende nuestra vida. Los seres humanos somos esencialmente agua, ella constituye aproximadamente 60% de nuestra masa corporal. Un recurso tan vital no puede quedar sujeto al juego de la oferta y la demanda. Es alentador que, desde los primeros párrafos de la reciente Iniciativa de reformas a la legislación en materia de agua, se establezca que el agua es “un bien social y cultural, no monetizable [que] no debe quedar sujeta a las reglas de mercado, ni supeditada a la lógica de la oferta y la demanda por encima de las necesidades humanas y ambientales.” Si bien la legislación no recogió textualmente estos principios, ellos son la base para la interpretación y aplicación de las leyes que hacen valer el interés general de la sociedad sobre los intereses particulares. De ahí que los derechos amparados en las concesiones y asignaciones no sean transmisibles, pues no forman parte del patrimonio de los concesionarios ni son objeto de comercio, pero se prevé que “los derechos preferentes derivados de la transmisión de propiedad, fusión y escisión de sociedades civiles o mercantiles, y derechos sucesorios,” se mantengan mediante una nueva concesión ligada a la propiedad transmitida, pero asegurando que no se varíe indebidamente la explotación autorizada.

La Iniciativa revela esa reorientación de la doctrina jurídica gubernamental, aunque con cierta timidez, pues mantiene una referencia políticamente correcta a la icónica reforma de 2011 que reintrodujo el iusnaturalismo —rechazado por los Constituyentes de 1917– al sustituir innecesariamente la expresión garantías individuales por derechos humanos, pues estos estuvieron siempre garantizados en el texto original. Dicha reforma explicitó el principio Pro Persona, que previamente aplicábamos como pro homine, dándole un sentido muy individualista. La esencia del cambio ahora introducido aparece en la siguiente frase de la Iniciativa: “nuestro país ha experimentado una evolución del paradigma constitucional de los derechos humanos”; entendiéndose que el enfoque hacia la persona tiene ahora un carácter colectivo, al tiempo que se retoman elementos positivistas como la planeación y acción de gobierno para llevar a la práctica los derechos humanos económicos, sociales y culturales, entre los cuales destaca el derecho al agua. Se reincorpora así la idea original del papel del Estado como rector de la economía y garante de los derechos sociales, que caracterizó a nuestra Constitución como pionera en la materia.

Investigador de El Colegio de Veracruz y Magistrado en retiro.

@DEduardoAndrade

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