Reiteradamente hemos sostenido que el combate al crimen organizado que efectúan México y los Estados Unidos, necesariamente debe llevarse a cabo en estrecha colaboración. Sin embargo, nuevamente se propuso que las organizaciones criminales mexicanas sean consideradas como “Organizaciones Terroristas Extranjeras”, buscando con ello, tener los recursos y las ventajas que la USA FREEDOM ACT le otorga a las autoridades norteamericanas. Con esa declaración buscan disminuir garantías procedimentales, una intervención física y tecnológica que pueda aplicarse más allá de sus fronteras.

La declaratoria fue solicitada por el Gobernador de Texas como una medida de presión a los gobiernos de Biden y López Obrador, que conocen el tema, y saben el problema político que esta declaración generaría al darse intervención a los militares y a las agencias de inteligencia norteamericanas.

Se ha debatido si los narcotraficantes deben ser considerados organizaciones terroristas o no. El argumento a favor más socorrido expone que de esa forma las autoridades tendrían acceso a las estructuras financieras e información de inteligencia más que suficientes para terminar con dichas organizaciones delincuenciales. Es cierto que el crimen organizado cuenta con vastos recursos para ejecutar sus operaciones ilícitas, por lo que el Estado necesita toda la fuerza posible para debilitar el actuar de los traficantes de droga, pero esto no debe ejecutarse vulnerando la soberanía de México o afectando los derechos humanos.

Aunque los terroristas y narcotraficantes comparten algunas características, existen aspectos fundamentales que los diferencian. Su principal motivación no es ideológica; no luchan por una determinada ‘causa’, sino que pretenden lucrar y expandirse; no tienen un propósito determinado con el que serán satisfechas sus demandas. El crimen organizado actúa más como una empresa que como un grupo político.

Estamos ante la presencia de un tema de seguridad nacional de intéres para ambos países, el muro o la frontera no debe verse como una línea divisoria o solo para atender una problemática de carácter doméstico, sino como una ventana para trabajar coordinadamente en el combate a un problema común.

La reaprobación de la FREEDOM ACT aumenta la capacidad de las agencias norteamericanas para vigilar los metadatos de sus ciudadanos y la inclusión de las organizaciones delictivas mexicanas en esa lista provocaría que también los mexicanos seamos vigilados por los mismos medios. Inclusive, sería perjudicial para los consumidores norteamericanos ya que podrían ser vinculados con una organización terrorista.

La aplicación de estas normas es una decisión de la más alta responsabilidad. Los EUA tendrían que justificar plenamente que los grupos de delincuencia organizada mexicanos, también tienen dentro de sus objetivos, difundir el miedo entre la población, que tienen propósitos políticos y de desestabilización social.

La declaratoria de los carteles mexicanos como organizaciones terroristas dificultaría a ambos países su combate y persecución, en primer lugar por ser grupos delictivos con fines muy diversos, asiento social diferente y sobre todo, porque los carteles mexicanos forman parte del crimen organizado internacional, que tiene alcances y objetivos muy distintos a los de una organización regional con fines y motivaciones políticas.

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