Dice nuestra Constitución que toda persona imputada tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por un juez. Este derecho, sin embargo, tiene serios límites en México.

En 2008, durante la administración de Felipe Calderón, fue introducida en la Constitución la figura del arraigo, que permite privar de la libertad —hasta por 80 días— a cualquier persona que sea sospechosa de pertenecer al crimen organizado para ser investigada. Es decir, en lugar de investigar a una persona para luego detenerla de forma justificada, el arraigo permite la detención de una persona para ser investigada (o en la práctica, torturada hasta que confiese su culpabilidad). Una de las promesas de Morena fue eliminar el arraigo de la Constitución por considerarlo violatorio de la presunción de inocencia. Sin embargo, la figura subsiste.

Existe además la figura de la prisión “preventiva” oficiosa, que obliga a encarcelar a personas que son acusadas de ciertos delitos, mientras dure su juicio, aun cuando no exista sentencia emitida por un juez. Esto significa que no hace falta comprobar la culpabilidad de la persona para encarcelarla, solo es necesaria una acusación. La prisión preventiva constituye una de las principales violaciones a la presunción de inocencia. En 2019, Morena impulsó una reforma constitucional para sumar 9 nuevos delitos a la lista que conlleva prisión preventiva obligatoria. Además reguló para que otros delitos quedaran sujetos a la misma medida. El efecto de estas reformas ha sido tal que explica el aumento de la población penitenciaria, a pesar de la pandemia y de la Ley de Amnistía que hasta ahora no ha servido para liberar a una sola persona. Entre diciembre de 2019 y diciembre de 2020, el número de personas en las cárceles en el país aumentó en mas de 14,000 personas. En el fuero común (el de los delitos locales), la población que mas aumentó (en 20%) fue la de las personas en prisión preventiva. En el fuero federal, aumentaron las personas encarceladas sin sentencia, pero disminuyeron aquellas con sentencia.

Uno de los argumentos que se han repetido en defensa de Félix Salgado Macedonio, acusado de violación y abuso sexual, es que debe respetarse su derecho a la presunción de inocencia. Si no hay sentencia en contra, se dice, no debe perder nada, mucho menos la posibilidad de ser gobernador. También en el caso del general Salvador Cienfuegos, acusado por delitos de narcotráfico, se aseguró una y otra vez que prevalecía la presunción de inocencia. Sin embargo, este derecho no existe para las más de 90 mil personas que hoy están en alguna cárcel en México “preventivamente”.

Uno de los principales problemas para la legitimidad del Estado y las autoridades en nuestro país es la aplicación discrecional y arbitraria de la ley. Las leyes se aplican y los derechos se respetan al antojo de la autoridad. La presunción de inocencia es un derecho del que se goza si se es general del Ejército mexicano o si se es el candidato a gobernador elegido por el presidente. La presunción de culpabilidad es la regla, si se trata de un ciudadano o ciudadana de a pie. Gobierno tras gobierno se sacrifica a unos (mujeres, campesinos, jóvenes) y defiende a otros, no en función de la justicia o la equidad sino de aquello que sirve al poder.

Profesora investigadora del CIDE.
@cataperezcorrea