Por PATRICIA HERRERA ASCENCIO

Una constante en el debate reciente de artículos de opinión y posicionamientos públicos de investigadores provenientes de instituciones de educación superior sobre la reforma a la Ley de Aguas Nacionales y la nueva Ley General de Aguas es la discusión planteada en términos dicotómicos: por un lado, el enfoque de mercado y, por el otro, la advertencia sobre la centralización en el manejo de los recursos hídricos tras la promulgación de ambas leyes el pasado mes de diciembre. Ambos planteamientos simplifican en exceso un debate que es mucho más complejo y, sobre todo, de mayor relevancia.

El inicio de la madeja comienza con la cantidad de agua tiene este país (3,569 m3/habitante/año [Conagua, 2023]) y con las prioridades de su uso, toda vez que el agua es el elemento estratégico no sólo para la vida sino para cualquier modelo de desarrollo de un país.

¿A quién corresponde establecer esas prioridades? Evidentemente que al Estado, porque debe asumir una función rectora compatible con una sociedad democrática y plural que equilibre las asimetrías sociales y territoriales. En este sentido, el Estado no aparece como negación de la libertad individual, sino como garante de lo colectivo frente a inercias que reproducen desigualdad, exclusión y deterioro ambiental.

En nuestro país existe un sesgo histórico en la forma de abordar el tema. Tradicionalmente, la política del agua ha sido pensada y ejecutada desde una perspectiva ingenieril, centrada en la planeación y construcción de infraestructura, así como en análisis clásicos de costo-beneficio asociados a las obras, lo cual no le resta valor a esta visión; sin embargo, hoy resulta claramente insuficiente para enfrentar situaciones que se le han sumado al recurso, como son las de salud, económicas, sociales, ambientales e institucionales. El agua ha dejado de ser solo un asunto técnico y ahora es un problema público de primer orden.

Parte de la solución la provee el encuentro entre disciplinas, es decir, una propuesta transdisciplinaria desde la economía pública clásica. Paul A. Samuelson (Premio Nobel de Economía) explicó que existen bienes que el mercado no puede asignar de manera eficiente. El agua, en los conceptos básicos de acceso a esta, saneamiento y protección ambiental, encaja plenamente en esta categoría. A esta lectura se suma la contribución de Elinor Ostrom (también Premio Nobel de Economía), quien demostró que los recursos de uso común pueden gestionarse de manera sostenible mediante arreglos institucionales adecuados, siempre que existan reglas claras, participación social y una autoridad capaz de hacerlas cumplir. La llamada “tragedia de los comunes” no es un destino inevitable, sino el resultado de la ausencia de instituciones eficaces.

Estos enfoques dialogan de manera directa con la Teoría de la Justicia de John Rawls, uno de los filósofos políticos más influyentes del siglo XX. Desde una perspectiva rawlsiana, el papel del Estado no se limita a garantizar libertades formales, sino a corregir desigualdades estructurales mediante arreglos redistributivos que beneficien, en particular, a los sectores más desfavorecidos. Aplicado al sector hídrico, esto implica reconocer que el nuevo andamiaje jurídico tiene una vocación redistributiva y de garantía de derechos que no puede reducirse a una discusión dicotómica.

Asimismo, la gestión del agua requiere una arquitectura institucional diferenciada, en la que la participación social y la gestión local convivan con capacidades estatales fuertes en ámbitos estratégicos. Uno de ellos es, sin duda, las aguas transfronterizas, un tema que solo puede ser atendido por un Estado con capacidades técnicas, diplomáticas y de planeación a largo plazo.

En este contexto, 2026 se perfila como un año de desafíos para el sector hídrico nacional. La implementación efectiva de las nuevas leyes dependerá, en buena medida, de la expedición de su reglamento, pues será en ese instrumento donde se definan los cómos: el diseño institucional, la distribución de competencias entre órdenes de gobierno y sociedad, los mecanismos de coordinación y los instrumentos operativos para una gestión hídrica eficaz y equitativa.

El Instituto Mexicano de Tecnología del Agua, como entidad científico-técnica, coadyuvará con la Comisión Nacional del Agua en la formulación de la Estrategia Hídrica Nacional y en la construcción de soluciones que trasciendan el falso dilema entre el mercado y la estatización. El agua exige hoy algo más que consignas: requiere instituciones, Estado y justicia, desde una perspectiva transdiciplinaria.

Titular del Instituto Mexicano del Agua, IMTA

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