La revocación de mandato, que surgió con la reforma constitucional en el artículo 35 fracción VIII y 116 fracción I, de nuestra carta magna, (publicada en el D.O.F. el 20/12/2019, y bien desarrollada en la Ley Federal de Revocación de Mandato, normas que señalan que es una institución importante para el empoderamiento de la sociedad; si a ésta, no le parece, cómo, el Presidente de la República o los gobernadores o gobernadoras de los estados, no están desempeñando bien su cargo; anticipadamente pueden sacarlos.

Así de ese tamaño es la sanción para un ejecutivo nacional o estatal que el pueblo le puede dar cuando se aleja de su confianza.

Hemos escuchado que del 1º. De noviembre al 15 de diciembre de 2021, se están recabando firmas, para que en el año que sigue, se lleve a cabo la revocación de mandato, y que la sociedad diga, si quiere que el Presidente de la República, licenciado Andrés Manuel López Obrador deba o no seguir desempeñando el cargo de máximo jefe de Estado, hasta el año 2024.

Se escucha mucho menos, pero en los estados también, ya cuentan con esta institución en sus constituciones y la sociedad de cada entidad federativa, puede usar esta figura para, someter a escrutinio social, sobre, si su gobernador o gobernadora, sigue o no, en el cargo.

El artículo 116 de la Constitución federal ... señala actualmente ... I. Los gobernadores de los Estados no podrán durar en su encargo más de seis años y su mandato podrá ser revocado. Las Constituciones de los Estados establecerán las normas relativas a los procesos de revocación de mandato del gobernador de la entidad.

Vea que, aunque no hay mucha publicidad, los gobernadores y gobernadoras ya están sujetas a revocación; por lo tanto, es importante, que la sociedad sepamos utilizar con responsabilidad esta institución para bien de nuestra democracia.

Por supuesto, que, a los y las titulares de los ejecutivos estatales, tienen que preocuparse, por dos temas interesantes en relación a este tema, y que finalmente vienen a ayudar a que nuestra democracia mejore de nivel y de calidad.

Por un lado, tendrán que demostrar que su trabajo los legitime ante la sociedad y esto, solamente lo podrán hacer, si cumplen con sus promesas de campaña y si llevan su actividad apegada a los intereses de la propia sociedad; pues ésta, es la única que en dos años, estará analizando si, aprueba o deja de prescindir de los servicios de su mandatario; el segundo tema y que esto le compete cuidarse al poder ejecutivo local, son las estrategias políticas de los propios grupos que ellos mismos conforman, a fin de provocar poder en la palestra de interés social la

revocación de mandato; sin duda, el o la gobernante tendrá que tomar en cuenta desde que inicia su gobierno, que el único que la puede quitar del cargo, es la sociedad a través de un procedimiento de revocación.

A la sociedad lo que le interesa, es que haya un buen gobierno (derecho humano a un buen gobierno) y que sus gobernantes trabaje bien y le garantice paz y estabilidad en su bienestar; para lograrlo, se tiene que generar un equilibrio del buen ejercicio del poder, de no hacerlo, el látigo del desprecio social, podrá empezarse a utilizar en los próximos 2 años; sin duda, la revocación de mandato, es una institución importante que se utiliza para el empoderamiento de la sociedad y cuando esto ocurre, la democracia empieza subir de nivel y calidad; elementos básicos que México necesita para desarrollarse armónicamente y transitar a una democracia plena.

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