Una mujer que trabajó más de 30 años en la iniciativa privada tenía más de un millón de pesos ahorrados en el fondo de cesantía y vejez que administra Afore XXI Banorte. Sin embargo, el IMSS ordenó a la Afore, con fundamento en un acta de defunción con datos falsos, entregar ese dinero a un defraudador. La víctima se enteró que alguien tramitó ante el IMSS una pensión por viudez cuando ella nunca se casó, no ha muerto y no tenía autorizado ningún beneficiario en caso de muerte. Es cierto que los funcionarios que hicieron ese trámite pudieron ser engañados, pero debieron haber sido investigados por su propia Contraloría para descartar que no hayan actuado negligentemente o en contubernio con la delincuencia. Hasta el momento ha sucedido lo contrario: una víctima denuncia ante la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México que se cometió un delito en su contra, la autoridad ministerial pide información al IMSS para perseguir al delincuente y José Francisco Justo Romero, titular de la Jefatura de Servicios Jurídicos del Órgano de Operación Administrativo Desconcentrada Estado de México Oriente del IMSS, parece que no le urge colaborar en la investigación porque ha sido requerido con recordatorios, y la autoridad ministerial aún no sabe, después de meses, quiénes fueron los funcionarios del IMSS que tramitaron una pensión por viudez cuando la titular está viva.

Aún peor, el Ministerio Público encargado de la carpeta de investigación CI-FICOY/COY-4/UI-2S/D/00799/05-2025, recibió el oficio número 0954624A22/16857/2025, del 3 de octubre de 2025 (que se notificó a la víctima hasta enero de 2026), mediante el cual Georgina Salomé Osorio Méndez, titular de División de la Dirección Jurídica/Unidad de Investigaciones y Procesos Jurídicos de la Coordinación de Investigación y Asuntos de Defraudación, negó a la autoridad ministerial la entrega de la información requerida bajo el pretexto de que el artículo 22 de la Ley del Seguro Social establece que “la información derivada del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez será proporcionada directamente en su caso por las administradoras de fondos para el retiro, así como por las empresas procesadoras de información del sistema de ahorro para el retiro”.

Sin embargo, esa disposición no es aplicable porque el IMSS indebidamente pagó a un defraudador una pensión por viudez y el Ministerio Público no le requirió al IMSS “la información derivada del seguro de retiro cesantía en edad avanzada y vejez”. Esa información ya la tiene, porque la víctima tiene acceso a esa información. Lo que quiere saber la autoridad investigadora es ¿quién realizó ese trámite?, ¿qué documentos recibieron para autorizarlo? y ¿quién cobro la pensión por viudez? Este último es el defraudador. En lugar de colaborar, parece que el IMSS quiere encubrir a los responsables. Mientras eso sucede, la víctima sigue con un perjuicio patrimonial de más de un millón de pesos.

Este caso retrata la falta de empatía, responsabilidad y profesionalismo de las autoridades ante la tragedia que vive la víctima de un delito. El interés del Estado debe ser reparar el daño y castigar a los responsables. El Ministerio Público enfrenta muchos obstáculos para realizar su trabajo de investigación, pero lo que es inconcebible es que las autoridades competentes del IMSS no colaboren entregando la información de quien cometió el delito.

Se trata de una estructura delincuencial que utiliza un registro civil del estado de Puebla para obtener actas de defunción y de matrimonio originales con datos falsos, con el fin de tramitar ante el IMSS el retiro de los ahorros de las Afores de aquellos que saben que aún no pueden retirar recursos por razón de su edad y que, confiados en que faltan años para disponer de ese dinero, no están al tanto de una organización de defraudadores con este modo operandi. Esperemos que pronto se dé con los responsables y que el director general del IMSS, Zoé Robledo, intervenga en la solución.

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