En dos colaboraciones previas ejemplifiqué cómo se verificaba el cumplimiento del TLC y de los conflictos que se han presentado al aplicar ese tratado internacional, cuya experiencia, recomendé, debería tomarse en consideración al momento de negociar un nuevo acuerdo comercial. Por la extensión geográfica de la región y el tamaño de sus economías, el antiguo Tratado de Libre Comercio de América del Norte fue uno de los acuerdos comerciales más ambiciosos del mundo. Su entrada en vigor en 1994 significó un parteaguas para nuestro país, pues además de los cambios productivos hubo fuertes implicaciones legales, culturales y políticas.

Más de dos décadas después, en octubre de 2018, se anunció la renegociación del tratado comercial. Después de arduas negociaciones, el pasado 10 de diciembre el Ejecutivo federal firmó el nuevo Tratado de Libre Comercio entre México, Estados Unidos y Canadá, mejor conocido como T-MEC, junto con su protocolo modificatorio, mismo que fue aprobado por una amplia mayoría en el Senado de la República.

Sin duda es una buena noticia para México, empatar la voluntad política de tres naciones no fue tarea sencilla. El nuevo acuerdo busca establecer un área de libre comercio que facilite el intercambio de bienes, productos, mercancías y servicios transfronterizos para disminuir las asimetrías existentes entre las economías de la región de manera equitativa, razonable y justa, así como crear condiciones que aseguren el acceso recíproco a sus mercados en condiciones de igualdad y competitividad. El establecimiento de reglas de comercio claras y procedimientos de solución de controversias contribuye de manera fundamental a dar seguridad jurídica a una de las relaciones comerciales más dinámicas a nivel internacional. Al respecto, el economista Douglass North afirma que una condición fundamental para el crecimiento económico es, precisamente, la certeza que brindan las instituciones y disposiciones jurídicas a los empresarios, inversores, trabajadores y consumidores.

Evidentemente, el nuevo tratado incluye una amplia gama de modificaciones comerciales, pero también deben subrayarse los impactos que tendrá en nuestro ordenamiento jurídico. En materia laboral, por ejemplo, se contempla la existencia de “paneles” conformados por expertos de los tres países, que vigilarán que patrones y empresas respeten la democracia sindical o que no influyan con presiones en la firma y renegociación de contratos colectivos. Esto no implica que otro país supervise la vida sindical mexicana, pero sí que estén atentos a que cumplamos lo que voluntariamente acordamos.

Es criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que el contenido de este tratado internacional se encuentra por encima de las leyes secundarias y, por ende, la solución de su conflicto normativo o antinomia corresponde a una cuestión de legalidad: determinar la forma en que una ley se subordina jerárquicamente a un tratado internacional. En el futuro, leyes en materias como comercio digital, régimen laboral o cuestiones fiscales, como la doble tributación, no podrán contradecir aquellas disposiciones. Por ello, debemos prepararnos para la implementación del tratado y adecuar, en su caso, nuestro sistema jurídico, pero también para su interpretación. La Corte ha destacado que de conformidad con el artículo 31, numeral 1, de la Convención de Viena, un tratado internacional debe interpretarse de buena fe conforme al sentido corriente que haya de atribuirse a los términos del tratado en el contexto de éstos y teniendo en cuenta su objeto y fin. Así, cuando el significado natural y ordinario de las palabras está claro, no hay por qué recurrir a otros medios o principios de interpretación.

Pronto tendremos oportunidad de analizar el nuevo tratado. Esperemos que sea claro y, sobre todo, hacemos votos para que la firma mexicana del T-MEC confirme que nuestro pueblo tiene vocación solidaria, está guiado por los principios de solución pacífica de controversias, anhela la igualdad jurídica de los Estados y el desarrollo económico para toda la región.

Académico de la UNAM

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