En una mañana cualquiera, una mujer se sube a un microbús para ir a su trabajo. Digamos que esto sucede en el municipio de Tlalnepantla en el Estado de México y que agarra el transporte público en una carretera federal.

Luego de un recorrido de un par de kilómetros, se suben un par de tipos a la unidad, sacan una pistola y desvalijan a los pasajeros. Como primera reacción, la mujer siente susto, pero luego pasa al enojo: hacia los ladrones, por supuesto, pero también hacia las autoridades que fracasaron en su misión esencial de protegerla. Está decidida a usar su voto en la siguiente elección para castigar a los gobiernos omisos.

Pero allí es donde surge un problema: ¿cómo debería dirigir su voto para expresar su descontento? Hay que recordar que el incidente sucede en un municipio gobernado por el PAN, en un estado gobernado por el PRI y en una carretera federal, con un gobierno nacional encabezado por Morena. Entonces, si hay que castigar a alguien, ¿en qué sentido debe dirigir su voto?

Pues no está claro. Y no está claro porque la distribución de competencias en materia de seguridad no está definida con precisión en nuestro marco constitucional. En el artículo 21 de la Constitución se señala que “la seguridad pública es una función del Estado a cargo de la Federación, las entidades federativas y los Municipios.” Es decir, les toca a todos.

¿Pero qué parte le toca a cada quién? Allí el texto constitucional ofrece menos respuestas. Afirma que “el Ministerio Público y las instituciones policiales de los tres órdenes de gobierno deberán coordinarse entre sí para cumplir los fines de la seguridad pública y conformarán el Sistema Nacional de Seguridad Pública”, pero la mayoría de los detalles sobre los términos de esa coordinación son dejados a las leyes secundarias.

Y en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, se replica la imprecisión. El artículo 39 de esa norma, se reservan a la Federación algunas funciones, pero por lo demás sigue la misma lógica de que todo (o casi todo) les toca a todos.

En mi experiencia, no he conocido un solo funcionario de instancias de seguridad pública —federales, estatales o municipales— que no se queje de la indefinición en la distribución de competencias. No saber dónde empiezan y dónde acaban los tramos de responsabilidad tiene consecuencias operativas importantes. Si, por ejemplo, una carretera federal pasa por una zona urbana, ¿la policía estatal o municipal debe intervenir para evitar el robo en transporte público? ¿O debe dejarse a la Guardia Nacional (GN)? Si la GN patrulla un municipio (y no tiene convenio firmado con el gobierno municipal correspondiente), ¿debe limitarse a prevenir delitos del fuero federal y no intervenir en delitos del fuero común? Algo dicen las normas correspondientes sobre el particular, pero no lo suficiente para evitar la confusión.

El resultado práctico es que todo mundo se avienta la pelota. De los municipios a los estados, de los estados a la Federación y de la Federación a los estados o los municipios, según sea el caso. Y acabamos con policías municipales patrullando con armas largas y con guardias nacionales revisando mochilas en el Metro.

Esto, además, debilita la rendición de cuentas. Las víctimas no saben a quién reclamar por la falta de eficacia en la prevención de delitos. Y eso significa que nadie acaba pagando por no hacer lo que le toca. Urge por tanto que haya una definición mucho más precisa de las responsabilidades de cada nivel de gobierno. Sin eso, vamos a seguir como hasta ahora, con las autoridades aventándose la pelota y los ciudadanos sin saber a quién exigir cuentas.