Uno de los derechos fundamentales, pendiente en la agenda de derechos humanos en nuestro país, es la obligación del Estado de garantizar el derecho que establece nuestra Constitución Política para que todas las personas gocen de una identidad desde su nacimiento.

A partir de la reforma constitucional alcanzada en mayo de 1990, han sido onerosos e infructuosos, los intentos por garantizar una Cedula Única de Identidad. Lo que ha conducido a que el derecho que representa la llave de acceso al ejercicio de todos los derechos no esté garantizado.

El derecho a la identidad no puede reducirse a disponer de un acta de nacimiento o una identificación. Tener identidad implica, eliminar la invisibilidad en la que se encuentran muchos mexicanas y mexicanos, y la población migrante. Invisibilidad, que los excluye, desde su nacimiento, a la integración a nuestra sociedad y al ejercicio pleno de sus derechos.

En la actualidad, prevalece un rezago de alrededor de un millón y medio de mexicanas y mexicanos sin acta de nacimiento, particularmente en comunidades indígenas, aunque el problema se extiende a todo el territorio, ya que por ejemplo, en la capital de la República, cerca de 2% de la población no cuenta con este documento, situación que si la extrapolamos a las entidades que registran el menor nivel de desarrollo, el número de personas sin acta de nacimiento puede ser mayor, más aún cuando la estimación de población para 2019 es de 126 millones viviendo en territorio nacional, y 19 millones en el extranjero.

El derecho a la identidad implica el reconocimiento a su personalidad jurídica, a una nacionalidad, a su derecho a ser ciudadanos, a la pertenencia a una familia y a una comunidad, el derecho a ser sujeto de todos los derechos.

Se trata de un derecho universal, que el Estado debe garantizar a la población migrante. El fenómeno migratorio que vive México, va a representar un cambio estructural, ya que México ha dejado de ser un país de tránsito y de expulsión, para convertirse en un país de retorno y de destino. Más aún cuando la población migrante se ha diversificado a decenas de nacionalidades transcontinentales las que, al no contar con reconocimiento consular en México, se convierten en ciudadanos apátridas, lo que obliga a generar las condiciones para su integración en un país donde los migrantes representan apenas 1% de la población.

Para garantizar este derecho, es necesaria la creación de la Cédula Única de Identidad, que permita el registro de los datos biométricos personales, que permitan enfrentar, inclusive, la parte más oscura de las afrentas nacionales, como la identificación de personas desaparecidas, así como de todas las personas que fallecen, dotándolos de la posibilidad de tener identidad, brindarles un trato digno en la muerte, y regresar con su familia, para que puedan descansar en paz.

Este rezago no puede seguir abordándose como un asunto administrativo, se requiere de un enfoque de derechos humanos, asumiendo que la identidad es un derecho permanente que no se resuelve con una identificación. Identidad no es lo mismo que identificación. Sin identidad no puede haber identificación.

La ley establece la obligación de crear una Cédula de Identidad Ciudadana para mayores de edad y una Cedula de Identidad Personal para menores de edad. Un primer paso debe ser superar la confusión que ha generado la tensión entre ambas cédulas, por lo que es preciso garantizar la unicidad del documento de identidad.

Cumplir con la norma constitucional y garantizar este derecho recurrentemente postergado, requiere de un esfuerzo institucional renovado para que el Registro Nacional de Población, en concurso con diversas dependencias del gobierno federal y el Instituto Nacional Electoral, supere trabas burocráticas y celos institucionales, para alcanzar su consecución. Emprenderemos esa ruta.



Subsecretario de Derechos Humanos,
Población y Migración

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