La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reconoció que los son propiedad privada y que no constituyen ni forman parte del patrimonio del Sistema Educativo Nacional.

Ayer durante la sesión de la Primera Sala de la Corte los ministros aclararon que la nueva Ley General de Educación no incluye intervención alguna sobre dichos bienes, como se interpretó inicialmente.

El proyecto fue realizado por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá quien recordó que aunque legalmente existe la posibilidad de expropiar la propiedad privada por causas de interés público , conforme a la Constitución, esta facultad no está incluida en la legislación en materia de Educación.

"Los muebles, inmuebles e instalaciones destinados a la prestación del servicio de educación de los planteles privados no constituyen, ni integran, parte del patrimonio del Sistema Educativo Nacional, pues su patrimonio se rige de conformidad con el marco normativo aplicable a la propiedad privada", avaló la Primera Sala.

Es decir, que si el Estado busca apropiarse de los bienes de una escuela privada, tendrá que hacerlo conforme al procedimiento establecido en la Constitución.

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El caso derivó de un amparo tramitado por el Centro Educativo San Jerónimo contra diversos artículos de la Ley General de Educación que abren la puerta a la SEP para intervenir en sus actividades como institución académica privada así como la aplicación de sanciones.

La Sala negó amparar a la escuela luego de precisar lo correspondiente a la propiedad de los bienes de las instituciones de Educación privada.

kl

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