Por unanimidad, el pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales () ordenó a la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) dar a conocer el contrato, monto económico y nombre de la empresa contratada, para llevar a cabo la en octubre pasado en Palenque, Chiapas, y que fue encabezada por el presidente Andrés Manuel López Obrador.

Tras un recurso de revisión interpuesto tras la clasificación de reserva hecho por la cancillería, el Inai instruyó a la SRE a que proporcione la versión íntegra del contrato SRE/DGBIRM/P-AD-073/2023 y anexos, donde se dé cuenta del monto económico generado por la realización de la cumbre migratoria “Por una vecindad fraterna y con bienestar", celebrada el 22 de octubre de 2023, y la que asistieron, entre otros, los presidentes de Cuba, Venezuela, Colombia, Honduras y Haití.

En noviembre pasado, reveló que la SRE clasificó como “información reservada” por cinco años el monto económico y el nombre de la empresa que organizó la cumbre migratoria que encabezó el presidente Andrés Manuel López Obrador al argumentar que se comprometía la seguridad nacional y afirmar que esta información “no es de utilidad pública”.

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Pese a que se pidió una versión pública, la Dirección General de Bienes Inmuebles y Recursos Materiales (DGBIRM) de la cancillería justificó esta medida al afirmar que se buscaba “impedir cualquier atentado” y evitar a posibilidad de amenazas como sabotajes y actos delictivos.

También argumentó que en caso de que dicha información caiga en manos de personas que busquen “ejecutar actos ilícitos”, podría poner en riego las negociaciones con gobiernos de Estados extranjeros, afectando de manera directa el desarrollo de relaciones económicas, de seguridad y migratorias.

En la resolución, el pleno del Inai acreditó que la SRE debió informar el monto y nombre de la empresa contratada la realización de la cumbre migratoria al tratarse de información considerada "una obligación de transparencia al tratarse del uso de recursos públicos".

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Además, el organismo autónomo consideró que dar a conocer el monto y nombre de la empresa contratada no puede menoscabar las relaciones internacionales, sino que “se trata de información correspondiente al uso de recursos públicos, que inclusive se considera una obligación de transparencia para el sujeto obligado”.

También los consejeros del Inai consideraron que la divulgación del monto y nombre de la empresa contratada no da cuenta de datos que permitirían que se atente en contra del personal diplomático o que pueden ser aprovechados para conocer la capacidad de reacción de las instituciones de seguridad, para la prevención de delito.

“Por los motivos expuestos en tanto que es improcedente la clasificación de la información, de conformidad con el artículo 157, fracción III de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, este Instituto considera que lo procedente es REVOCAR la respuesta de la Secretaría de Relaciones Exteriores.

“Se Instruye al sujeto obligado para que cumpla con lo ordenado en la presente resolución, en los siguientes términos: Proporcione la versión íntegra del contrato SRE/DGBIRM/P-AD-073/2023 y anexos, donde se dé cuenta del monto económico generado por la realización de la cumbre migratoria “Por una vecindad fraterna y con bienestar", celebrada el 22 de octubre de 2023, y el nombre de la empresa contratada”.

En la resolución fechada el pasado 17 de enero, fijó un plazo máximo de 10 días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a aquel en que se haya notificado para entregar esta información.









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