Miami. Hace un año, en el llamado “Día de la Liberación”, el presidente estadounidense, Donald Trump, impuso una serie de aranceles a nivel mundial bajo la Ley de Poderes Económicos de Emergencia (IEEPA) que, el pasado 20 de febrero, la Corte Suprema de Justicia echó abajo.
En respuesta, Trump impuso un arancel temporal que vence el próximo 24 de julio. La pregunta es, ¿qué vendrá después en la ofensiva comercial de la Casa Blanca?
La Casa Blanca usó la IEEPA para castigar importaciones de varios países sin tener que pasar por los procedimientos más lentos del derecho comercial estadounidense. Con esa base, Trump impuso inicialmente 25% a buena parte de las importaciones de Canadá y México, 10% a buena parte de las de China y un arancel mínimo de 10% sobre productos procedentes de todos los socios comerciales, con tasas más altas para decenas de países; luego vendrían aumentos, reducciones y otras modificaciones, especialmente en el caso de China.
“Ese mecanismo era el corazón de su ofensiva global; la ventaja política que tenía esa ley es que le daba a Trump un margen extraordinario para actuar con rapidez y con discreción”, señala a EL UNIVERSAL la economista María Díaz.
La Corte Suprema determinó que Trump se excedió en sus funciones al usarla IEEPA para imponer los aranceles.
La respuesta de la administración fue instantánea. Jamieson Greer, jefe de la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos, dijo que el fallo afectaba solo “un elemento” de la política comercial del gobierno y añadió que, si la Corte limitaba el uso de IEEPA, se activarían “herramientas alternativas”. La Casa Blanca asumió la derrota judicial, pero anunció que el programa arancelario seguirá vivo bajo otras bases legales.
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La primera de esas bases fue la Sección 122 de la Ley de Comercio de 1974. Ese mismo 20 de febrero, Trump firmó una proclamación para imponer un recargo temporal de 10% sobre muchas importaciones, con entrada en vigor el 24 de febrero. El texto de la Casa Blanca dice que lo imponía “por un periodo de 150 días”. El cambio fue importante porque el gobierno pasó de un arancel diseñado como respuesta de lo que decía era una emergencia global bajo IEEPA, a un recargo temporal justificado por problemas de balanza de pagos.
Concluidos los 150 días, advierte Díaz, empezará “una etapa distinta, quizás más compleja en su diseño y más decisiva para entender hasta dónde puede llegar su siguiente ofensiva”.
Y es que, después del 24 de julio, Trump no podrá mantener ese mismo 10% general con la misma facilidad, salvo que consiga una extensión legislativa, pero en los documentos oficiales a los que EL UNIVERSAL tuvo acceso, no aparece una estrategia explícita centrada en buscar una prórroga en el Congreso.
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Especialistas consultados por este diario señalan dos caminos principales que Trump puede seguir: el primero es la Sección 301 de la Ley de Comercio de 1974; se trata de un instrumento para responder a prácticas extranjeras “irrazonables o discriminatorias” que “gravan o restringen” el comercio estadounidense. “Bajo esta sección, ya no se trataría de invocar una emergencia general para actuar contra medio mundo al mismo tiempo; se trataría de abrir expedientes contra actos, políticas o prácticas de países concretos y construir, caso por caso, una justificación administrativa para nuevas medidas arancelarias” explica Díaz.
Iniciado el expediente, a Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos debe decidir en 45 días si abre la investigación. Una vez iniciada, la ley exige consultas con el país investigado y trabajo formal con el comité interagencial de la Sección 301, además de comentarios públicos y audiencias cuando corresponda.
La Sección 301, además, da herramientas de castigo y de negociación al mismo tiempo. El texto legal autoriza a la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR) a imponer derechos u otras restricciones a las importaciones, retirar concesiones comerciales y suscribir acuerdos vinculantes con el país afectado para eliminar la práctica cuestionada, reducir el perjuicio o compensar a Estados Unidos. Es por eso que esta vía resulta atractiva para Trump. “No solo permite castigar a los países, también permite presionarlos para arrancar concesiones y después venderlas como acuerdos” subraya Díaz.
El gobierno ya activó esta maquinaria. El pasado 11 de marzo, la USTR abrió investigaciones bajo la Sección 301 sobre exceso estructural de capacidad y producción manufacturera en 16 economías: China, la Unión Europea, Singapur, Suiza, Noruega, Indonesia, Malasia, Camboya, Tailandia, Corea, Vietnam, Taiwán, Bangladesh, México, Japón e India. El aviso publicado en el Registro Federal de Estados Unidos fijó el 15 de abril como fecha límite para comentarios y el 5 de mayo como arranque de las audiencias públicas. Aquí, México no figura como un aliado preferente, sino como país examinado por posibles prácticas que, según Washington, “gravan o restringen” el comercio de Estados Unidos.
Un día después, el 12 de marzo, la USTR abrió 60 investigaciones bajo la Sección 301 por la supuesta falta de prohibiciones eficaces a la importación de bienes fabricados con trabajo forzado. El Registro Federal fijó de nuevo el 15 de abril para comentarios y el 28 de abril para el inicio de audiencias. El propio aviso explica que la investigación busca determinar si esas omisiones son “irrazonables o discriminatorias” y si restringen el comercio de Estados Unidos. La lista incluye aliados, competidores y rivales.
El segundo camino es la Sección 232 de la Ley de Expansión Comercial de 1962. Aquí el argumento no es que otro país actúe de forma injusta, sino que ciertas importaciones amenazan la seguridad nacional. La Oficina de Industria y Seguridad del Departamento de Comercio de Estados Unidos (BIS por sus siglas en inglés), explica que una investigación bajo la Sección 232 busca “determinar el efecto de las importaciones sobre la seguridad nacional”. La ley dice que el secretario de Comercio tiene 270 días para presentar su informe y que, si concluye que existe amenaza, el presidente dispone de 90 días para decidir qué hacer y 15 días más para ejecutar la medida.
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Trump ya ha mostrado cómo quiere usar esa vía. El 14 de enero actuó sobre semiconductores y maquinaria para fabricarlos. La proclamación de la Casa Blanca afirma que esas importaciones entran en cantidades y circunstancias que “amenazan con perjudicar la seguridad nacional de Estados Unidos” y añade que también suponen una amenaza para “la seguridad nacional y la economía”. El texto sostiene que la capacidad productiva nacional es insuficiente para cubrir la demanda interna y que esa dependencia de fuentes extranjeras justifica un plan de acción que mezcla negociación con restricciones comerciales.
Lo mismo ocurre con los minerales críticos procesados. La proclamación correspondiente, también de enero, parte de un informe del secretario de Comercio y mantiene abierta la puerta a negociar con socios extranjeros, pero no renuncia a imponer medidas más severas si esas conversaciones no bastan. Y la experiencia reciente respecto del acero y el aluminio demuestra hasta dónde puede llegar esta herramienta: en junio de 2025, Trump elevó los aranceles, bajo la sección 232, del 25% al 50% para esos productos y dejó escrito que seguirían en vigor salvo reducción, modificación o terminación expresa. Esa es una diferencia crucial respecto de la Sección 122: la Sección 232 no está encadenada al reloj de 150 días.
La excepción norteamericana añade otro nivel de complejidad. La proclamación de la Sección 122 excluyó del recargo temporal a los bienes que entren libres de arancel; por ejemplo, los productos de Canadá o México bajo el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá, el T-MEC. La exclusión es importante porque “muestra que Trump no puede tratar del mismo modo a todos sus socios cuando existen compromisos comerciales ya vigentes”, explica Díaz.
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Al mismo tiempo, la USTR ya había abierto el proceso de consulta pública para la revisión conjunta del T-MEC prevista para el 1 de julio próximo. Eso sitúa a México y a Canadá en un terreno doble: quedan parcialmente protegidos del recargo general, pero se acercan a una revisión del tratado en pleno rediseño del arsenal arancelario de Washington.
Más allá de la estrategia, los expertos advierten sobre quién, al final, paga el costo de los aranceles. Un trabajo del National Bureau of Economic Research concluye que el traslado del arancel a los precios de importación en Estados Unidos es “casi de 100%”, lo que significa que el país soporta una parte grande del costo. El Peterson Institute for International Economics, un centro de estudios económicos de Washington advirtió en enero que el efecto retrasado de esos aranceles podría añadir “50 puntos básicos” a la inflación general a mitad de año. “La política comercial de Trump puede ser popular en parte de su base política”, sostiene Díaz. Pero al final, será la economía estadounidense la que “pague la factura”, advierte.
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