La Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México (Semovi) dio a conocer los lineamientos para la autorización de Entidades de Certificación y Evaluación de Competencias, y Centros Evaluadores en donde se verificará la pericia de las personas que busquen obtener una licencia de conducir.
“Los presentes Lineamientos son de orden público e interés social, y tienen por objeto establecer los requisitos y procedimientos que la Secretaría determine a las Entidades de Certificación y Evaluación de Competencias, así como los Centros Evaluadores para que obtengan la autorización de operación a efecto de que sus evaluaciones de conocimientos y desempeño (pericia), sean vinculantes para aquellas personas interesadas en la obtención de licencias para conducir”, señala un aviso publicado este lunes en la Gaceta Oficial.
El documento detalla que, para obtener la acreditación, estos lugares deberán cumplir una serie de requisitos, entre ellos, contar con una cédula de acreditación vigente expedida por CONOCER, que es el órgano del Gobierno de México responsable de la certificación de competencias.

Recibida la solicitud, la Semovi, por conducto de las unidades adscritas a la Dirección General de Licencias y Operación del Transporte Vehicular y a la Dirección General de Seguridad Vial y Sistemas de Movilidad Urbana Sustentable, procederán a la verificación documental, visita física de instalaciones y de los elementos aportados por el solicitante en el Sistema.
Acto seguido, la Dirección General de Licencias y Operación del Transporte Vehicular emitirá su resolución conforme al orden de prelación de registro.
Las Entidades de Certificación y Evaluación de Competencias, así como los Centros Evaluadores, previo cumplimiento de los requisitos, obtendrán la autorización de su registro, misma que tendrá vigencia de un año; en ese sentido, la revalidación de su autorización estará condicionada al cumplimiento de las obligaciones señaladas.
Se detalla que estos lugares tendrán la obligación de aplicar a los candidatos a obtener las licencias para conducir tipo ‘A’, ‘A1’, ‘A2', ‘B’, ‘C’, ‘D’ y ‘E’, las evaluaciones exclusivamente a través de los sistemas y plataformas digitales provistos por la Semovi.
“Una vez realizada la evaluación, se notificará a las personas candidatas, vía correo electrónico, los resultados de sus evaluaciones a través del juicio de competencia. De resultar aprobadas, las personas candidatas a obtener su licencia podrán acudir a las áreas de atención ciudadana de la Dirección General de Licencias y Operación del Transporte Vehicular de la Semovi para realizar el trámite de expedición de la constancia y licencia para conducir correspondientes”, se especifica.
La publicación en la Gaceta Oficial establece que la Semovi autorizará, previo cumplimiento de los requisitos establecidos, los trámites de expedición, renovación y reposición de licencias para conducir. Asimismo, el artículo 125 del Reglamento de la Ley de Movilidad señala que los candidatos a obtener una licencia de conducir vehículos de transporte público de pasajeros y de carga deberán asistir a un curso de capacitación sobre conocimientos y pericia.
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